Tu dinero-Ahorro

Pagar hasta por vapear: 24 impuestos que afectan a nuestro bolsillo sin que ni siquiera nos demos cuenta

Los navarros pagamos cada año a Hacienda unos 1.000 millones de euros por 24 impuestos mucho menos evidentes que el IRPF y el IVA 

Los otros impuestos
AmpliarAmpliar
Los otros impuestosDiario de Navarra
Los otros impuestos

CerrarCerrar

Diana de Miguel

Publicado el 19/04/2026 a las 19:00

La Hacienda Navarra está más presente en la vida de los ciudadanos de lo que pensamos. Cuando echamos gasolina, encendemos la luz, brindamos con una copa de vino, o vapeamos (los que lo hagan), ella también se lleva su parte. Entre todos, cada año le ‘pagamos’ unos 1.000 millones de euros por impuestos, hasta 24, mucho menos evidentes que el IRPF o el IVA. Los impuestos sirven para que los ciudadanos costeen los servicios públicos que consumen en diferentes ámbitos. Desde carreteras a centros de enseñanza, pasando por hospitales y otros muchos más. Y, aunque no todos llegan bajo el membrete de Hacienda, como cuando nos toca hacer la declaración de la Renta, ni tampoco desglosados en el ticket de la compra, como el IVA, terminan afectando en mayor o menor medida a nuestros bolsillo sin que muchos veces ni siquiera nos demos cuenta porque muchos están integrados en el precio de productos y servicios que consumimos a diario.

Además de impuestos directos como Sucesiones, que nos obliga a pasar por caja tras el fallecimiento de un ser querido, o el que eleva la factura de la luz, sobre todo si estamos en el mercado libre, hay muchos otros impuestos indirectos, los denominados ‘invisibles’, que pueden representar una parte significativa de nuestros gastos anuales, y que aunque no los veamos reflejados en nuestra declaración de IRPF, sí influyen en nuestro poder adquisitivo. ¿Se ha preguntado alguna vez cuánto le paga a Hacienda en cada repostaje? ¿Y al comprar una botella de vino? En estas páginas se explican uno a uno 24 de esos impuestos menos conocidos para que sepa cómo le afectan.

IMPUESTOS INDIRECTOS 

​Líquidos para cigarrillos electrónicos


​Qué grava: los líquidos para cigarrillos electrónicos y productos de nicotina por mililitro o gramo. Aunque el obligado a presentarlo es el fabricante o importador, el impuesto se traslada al precio final. Esto significa que el consumidor final paga el impuesto en forma de un aumento directo en el precio de los líquidos y productos de vapeo.
Desde cuándo: desde abril de 2025.
Tarifa: se aplican tipos de 0,15€/ml (≤15mg/ml nicotina) nicotina o 0,20€/ml (>15 mg/ml) y 0,10 €/g para bolsas de nicotina
Recaudación: en 2025 Navarra ingresó por este nuevo impuesto 38.754 euros.

Actos jurídicos documentados

Qué grava: la formalización de documentos notariales, mercantiles y administrativos, destacando la escritura de hipotecas. Lo paga la persona que adquiera del bien o derecho y, en su defecto, la que inste o solicite los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan.
Desde cuándo: el texto actual se rige por un decreto foral de 1999.
Tarifa: el tipo que se aplica a la mayoría de los documentos es del 0,5%. Recaudación: los ingresos de 2025 ascendieron a 19,2 millones, un 13,4% más.

​Envases de plástico no reutilizables

​Qué grava: la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria de envases no reutilizables, productos semielaborados de plástico y artículos para el cierre o comercialización de envases. Los pagan productores o importadores, según corresponda.
Desde cuándo: desde enero de 2023.
Tarifa: 0,45€ por kilogramo de plástico no reciclado.
Recaudación: Navarra ingresó 17,3 millones el año pasado, casi un 7% más que en 2024.

​Especial sobre la electricidad

​Qué grava: el suministro de energía eléctrica a cualquier persona o entidad que la adquiera para su propio consumo, así como el autoconsumo.
Desde cuándo: entró en vigor en 1993 con la ley de impuestos especiales.
Tarifa: se aplica sobre la suma de potencia contratada y la energía consumida en la factura de la luz con un tipo general del 5,113%.
Recaudación: en 2025 Navarra ingresó casi 26 millones por este impuesto.

Transmisiones patrimoniales

​Qué grava: la compraventa de bienes y derechos entre particulares, como viviendas usadas, vehículos de segunda mano, o la constitución de préstamos, fianzas y alquileres. Lo paga el comprador al realizarse el cambio de titularidad siempre que no esté sujeto a IVA.
Desde cuándo: la primera regulación navarra se remonta a acuerdos de la Diputación del año 1970 pero el texto actual se rige por un decreto de 1999.
Tarifa: el tipo general para la compraventa de inmuebles es del 6%.
Recaudación: el año pasado Navarra ingresó 82,4 millones, un 22,6% más que en 2024.

Tabaco

Qué grava: la fabricación e importación de productos derivados del tabaco, incluyendo cigarrillos, cigarritos, puros y picadura para liar. Los fabricantes, importadores o depósitos fiscales son los responsables de ingresarlo a Hacienda aunque es el consumidor el que paga el impuesto de forma indirecta en el precio final de cada cajetilla.
Desde cuándo: se aprobó con la Ley de Impuestos Especiales en 1992 pero la primera regulación foral data de 1986.
Tarifa: se compone de una parte proporcional al precio de venta al público y un importe específico por unidad (cada 1.000 cigarrillos).
Recaudación: Navarra ingresó por este impuesto 181,5 millones el año pasado lo que arroja un incremento interanual de casi el 8%. Es tras el de hidrocarburos, el segundo impuesto con mayor recaudación de los especiales.

​Primas de seguros

Qué grava: la mayoría de las operaciones de seguro y capitalización contratadas en Navarra. Recae sobre la entidad aseguradora pero se repercute al tomador, afecta principalmente a seguros de daños, hogar, coche y responsabilidad civil, entre otros. Desde cuándo: desde 1997.
Tarifa: 8%. El impuesto se aplica sobre el importe de la prima neta o precio neto del seguro (coste técnico, excluyendo comisiones y recargos). Seguros de vida, de asistencia sanitaria, enfermedad, caución y agrarios combinados no pagan este impuesto que Navarra ingresa cuando el inmueble, vehículo o persona asegurada se encuentra en su territorio.
Recaudación: Navarra ingresó en 2025 casi 40 millones por este impuesto.

​Sobre actividades del juego


​Qué grava: la organización y celebración de todos los juegos de suerte, envite o azar. Aunque el operador del juego es quien paga el impuesto directamente al Estado, este costo se suele trasladar al jugador en forma de precios más altos o menores ganancias.
Desde cuándo: se creó en 1977 inicialmente como tasa.
Tarifa: los tipos impositivos generales incluyen un 20% para el bingo un 10% para apuestas, loterías y rifas calculado sobre la base imponible.
Recaudación: la Hacienda Navarra ingresó en 2025 algo más de 3 millones de euros.

​Eliminación de residuos en vertedero e incineración


​Qué grava: la entrega de residuos domésticos, comerciales, industriales, construcción y demolición, ya sea en vertederos de residuos peligrosos, no peligrosos o inertes para su eliminación final y su incineración o coincineración en instalaciones autorizadas. Afecta a entidades locales, personas físicas o jurídicas que generan y entregan los residuos.
Desde cuándo: el impuesto se creó por Ley Foral en 2018 pero luego se adaptó a la normativa estatal en vigor desde 2023.
Tarifa: se aplica un coste por tonelada (40€/t vertido, 15€/t incineración municipal) a gestores de instalaciones.
Recaudación: Navarra ingresó cerca 7 millones de euros en 2025.

​Impuesto sobre transacciones financieras (Tasa Tobin)

​Qué grava: las operaciones de compraventa de acciones de compañías españolas que tengan una capitalización bursátil superior a los 1.000 millones de euros. Se enmarca en un proyecto de Directiva Europea para la implantación armonizada de un impuesto sobre las transacciones financieras en la Unión Europea. Lo paga el intermediario financiero que transmita o ejecute la orden de adquisición, ya actúe por cuenta propia, en cuyo caso será sujeto pasivo a título de contribuyente, o por cuenta de terceros, en cuyo caso tendrá la condición de sustituto del contribuyente. Desde cuándo: desde 2021.
Tarifa: 0,2% sobre las citadas operaciones de compraventa.
Recaudación: 1,1 millones el año pasado, según la previsión de cierre recogida en los presupuestos de este año.

Sobre los gases fluorados

​Qué grava: la utilización de gases de efecto invernadero: los hidrofluorocarburos (HFC), perfluorocarburos (PFC) y el hexafluoruro de azufre (SF6). Lo pagan las personas físicas, jurídicas y entidades que realicen tanto la fabricación, como importación, adquisición intracomunitaria o tenencia irregular de estos gases fluorados de efecto invernadero.
Desde cuándo: entró en vigor originalmente en 2014 pero fue reformado y reestructurado, y bajo la nueva regulación lleva en vigor desde septiembre de 2022. Tarifa: el tipo impositivo será el resultado de aplicar el coeficiente 0,015 al potencial de calentamiento atmosférico que corresponda a cada gas objeto del impuesto con el límite máximo de 100 euros por kilogramo.
Recaudación: los ingresos totales (directos y ajustes con el Estado) ascendieron en 2025 a 1.421.521 euros.

Alcoholes y otras bebidas

Qué grava: la fabricación e importación de alcohol etílico y bebidas con una graduación superior al 1,2% vol. y a bebidas fermentadas (vinos, sidras) superiores al 22% vol. para desincentivar su consumo. Aunque el productor lo ingresa en Hacienda, el impuesto forma parte del precio de venta al público, por lo que es el consumidor quien soporta la carga económica. No hay que olvidar que, además, las bebidas alcohólicas están gravadas con un IVA del 21%.
Desde cuándo: desde 1992 aunque se ha ido actualizando y armonizando el impuesto con las medidas estatales.
Tarifa: se calcula en base a la cantidad de alcohol puro que contiene la bebida, expresada en hectolitros de alcohol puro (hl AP). El tipo impositivo actual es de 958,94 euros por hl AP.
Recaudación: en 2025 se ingresaron algo más de 40 millones 39,3 millones, por debajo de la recaudación de 2024.

​Hidrocarburos

​Qué grava: la fabricación, importación y consumo de combustibles y carburantes (gasolina, diésel, gas natural…). Aunque las empresas productoras/importadoras lo ingresan, lo paga el consumidor final al incluirse en el precio de venta.
Desde cuándo: en España entró en vigor en 1993 y ha sufrido múltiples reformas. Navarra lo aplica cuando el repostaje se realiza en su territorio y lo ingresa en su totalidad (0,379€ por litro -0,33 tramo general 0,049 céntimos el tramo especial). Tarifa: de basa en una cantidad fija por cantidad de producto (litro diésel o gasolina), no un porcentaje.
Recaudación: en 2025 Navarra ingresó por este impuesto 233,7 millones, un 9% menos que el año anterior.

​Impuesto de matriculación

​Qué grava: la primera matriculación definitiva de vehículos, tanto nuevos como usados, provistos de motor. Lo paga quien matricula el vehículo (normalmente el comprador final) y su coste depende de las emisiones.
Desde cuándo: desde 1993.
Tarifa: es un porcentaje sobre el precio neto del vehículo (antes de impuestos) con tipos que oscilan entre el 0 y el 14,75% en función de las emisiones de dióxido de carbono.
Recaudación: 7,7 millones en 2025, un 16% menos que un año antes.

​Impuesto sobre determinados servicios digitales (Tasa Google)

Qué grava: las prestaciones de determinados servicios digitales en que exista intervención de usuarios situados en el territorio de aplicación del impuesto. Afecta a grandes tecnológicas por publicidad, intermediación en línea y venta de datos. Desde cuándo: desde 2021.
Tarifa: 3%.
Recaudación: 3,5 millones en 2025, según la previsión de cierre recogida en los presupuestos.

​IMPUESTOS DIRECTOS

Impuesto  sobre el margen de intereses y comisiones bancarias

Qué grava: los beneficios obtenidos por bancos, sucursales españolas de entidades de crédito extranjeras y establecimientos financieros de crédito, por su actividad en territorio español. En Navarra deberán pagar este impuesto las entidades afectadas por la normativa foral en Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Desde cuándo: se aprobó en noviembre de 2025.
Tarifa: el tributo incluye cinco tipos impositivos progresivos de carácter progresivo de entre el 1% y el 7%, en función del volumen declarado. gravará con un tipo del 1% las bases liquidables de hasta 750 millones y del 7% a partir de los 5.000 millones. Recaudación: Aunque todavía no existen datos de recaudación, la previsión de Hacienda Foral es ingresar por este nuevo impuesto 20 millones de euros.

​Nuevo impuesto complementario (tributación mínima multinacionales)

​Qué grava: a los grupos nacionales o multinacionales de gran magnitud que paguen un tipo en Sociedades inferior al 15%. Afecta a compañías con un importe neto de cifra de negocio consolidado 750 millones de euros igual o superior a los 750 millones de euros en al menos dos de los cuatro últimos ejercicios inmediatamente anteriores.
Desde cuándo: se aprobó a finales de 2025 y tendrá efectos para los períodos impositivos que se inicien desde el 1 de enero de ese año.
Tarifa: el importe necesario para que estos grupos tributen al menos a un tipo del 15% que estableció la Directiva del Consejo Europeo en 2022.
Recaudación: No se ha estimado.

Impuesto de Patrimonio

​Qué grava: el patrimonio neto de las personas físicas que se calcula como el valor de los activos del contribuyente una vez deducidas todas sus deudas. En Navarra se paga a partir de 550.000 euros de patrimonio, el mínimo exento.
Desde cuándo: se comenzó a aplicar en 1977. En 2008, siguiendo el camino de Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero, Navarra lo suprimió. Lo recuperó durante la elaboración de las cuentas de 2012 aunque con menos exigencia que el que estuvo en vigor hasta 2008.
Tarifa: actualmente se paga entre el 0,24% del valor de los bienes y el 3,5% para los patrimonios que superen los 11 millones de euros. El tipo máximo subió en 2022 tras la decisión de incorporar a la normativa foral el impuesto temporal a las grandes fortunas que aprobó el Gobierno central.
Recaudación: en 2025 se recaudaron 46,2 millones, un 8,3% más que un año antes.

​Impuesto sobra la Renta de no Residentes

Qué grava: las rentas obtenidas en Navarra por personas físicas o entidades sin residencia fiscal en España.
Desde cuándo: El impuesto se aprobó en España en 1998 y en 1999 Navarra aprobó las primeras órdenes forales para su gestión. El último cambio llegó en 2023 cuando la comunidad amplió su ámbito de aplicación que hasta entonces estuvo circunscrito a la I+D+i y la docencia universitaria.
Tarifa: los rendimientos de trabajo tributan al 24% hasta los 600.000 euros y si superan ese umbral al 47%, por el exceso. Además, para otro tipo de rentas como intereses, dividendos y ganancias patrimoniales, sólo tributan las obtenidas exclusivamente en territorio español. Los trabajadores desplazados pueden disfrutar de este régimen desde el año en el que se desplacen al territorio y se domicilien fiscalmente en Navarra y los cinco años siguientes. No hay un mínimo de estancia en España exigible.
Recaudación: En 2025 la recaudación ascendió 17,4 millones, un 16,5% menos que en el ejercicio anterior.

​Impuesto de Sucesiones y Donaciones

​Qué grava: Los incrementos patrimoniales obtenidos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio y por donación. Lo pagan los herederos o beneficiarios de esos bienes.
Desde cuándo: Este impuesto tiene su origen en la Real Cédula de Carlos IV, de 19 de septiembre de 1798 y Navarra lo regula con normativa propia desde 1970 (Acuerdo de la Diputación Foral). Las últimas reformas fueron para bonificar la cuota entre familiares directos.
Tarifa: Las herencias entre cónyuges que no pasen de 250.000 euros no tienen coste. A partir de esa cantidad se tributa un fijo del 0,8%. Para el resto de parentescos se aplica una tarifa progresiva que va del 2 al 16% en función del importe. Las donaciones entre cónyuges también están gravadas con un 0,8% y para el resto la tarifa incluye tipos progresivas de hasta el 8% en función del importe y el parentesco.
Recaudación: En 2025 la Hacienda Navarra ingreso 79,7 millones, casi un 6% más que en el ejercicio anterior.

Impuesto sobre el Valor de Producción de Energía Eléctrica (Impuesto a la Generación Eléctrica)

​Qué grava: los ingresos brutos obtenidos por la venta de electricidad, sin considerar costes operativos o de inversión. Lo pagan las empresas eléctricas, no el consumidor final, aunque repercute en el precio del kWh en el mercado eléctrico, elevando la factura final de los consumidores, especialmente en el mercado libre.
Desde cuándo: Se aprobó en 2012 y desde 2018 ha sido objeto de diversas suspensiones y prórrogas para aliviar la presión sobre los precios eléctricos tanto a la industria como a los consumidores domésticos.
Tarifa: Se aplica un tipo impositivo del 7% sobre el valor de la producción de energía eléctrica incorporada al sistema.
Recaudación: Navarra ingresó en 2025 53,6 millones frente a los 20 millones de 2024. El cobro de este impuesto, que el Gobierno ha vuelto a suspender por la guerra en Irán, ya estuvo suspendido desde 2021 para contrarrestar la crisis de precios energéticos derivada de la guerra de Ucrania y en 2024 inició una recuperación progresiva.

​Impuesto sobre depósitos bancarios

Qué grava: los depósitos de clientes constituidos en entidades de crédito que operan en Navarra. Lo pagan las entidades de crédito que operen en la comunidad y las sucursales de entidades extranjeras que realicen las mismas actividades.
Desde cuándo: está vigente desde 2014.
Tarifa: el tipo de gravamen es el 0,03%.
Recaudación: en 2025 se ingresaron 6,9 millones, un 6,6% más que un año antes.

​Grandes Superficies

Qué grava: la actividad y funcionamiento de establecimientos minoristas (individuales o colectivos) con una superficie de venta y exposición superior a los 2.000 metros cuadrados.
Desde cuándo: se aprobó en 2001 pero fue recurrido al Constitucional, que resolvió en 2012 a favor de Navarra. El impuesto estuvo vigente desde entonces y hasta 2016, pero fue eliminado por las dudas que generaba en la UE. Finalmente, distintas instancias judiciales terminaron dando luz verde al tributo que se recuperó en 2019. Tarifa: se tributa a 12 euros por metro cuadrado excedente.
Recaudación: en 2025 se recaudaron 2,4 millones, en línea con los ingresos de 2024.

​Sobre premios y loterías

Qué grava: los premios obtenidos en sorteos organizados por Loterías y Apuestas del Estado, la ONCE, Cruz Roja y entidades autorizadas de la Unión Europea. Este tributo no depende de la cuantía total del premio, sino de si supera el límite exento establecido por ley. La retención se aplica de forma automática en el momento de cobrar el premio. Esto significa que el ganador recibe directamente la cantidad neta, sin necesidad de ingresar posteriormente el impuesto en Hacienda.
Desde cuándo: está en vigor desde 2013.
Tarifa: el tipo aplicable al impuesto es del 20% sobre la cantidad que excede el mínimo exento que es de 40.000 euros.
Recaudación: en 2025 se recaudaron 823.844 euros, un 64% menos que en 2024 cuando la Hacienda Navarra ingresó cerca de 2,3 millones de euros.

Continuar

Gracias por elegir Diario de Navarra

Parece que en el navegador.

Con el fin de fomentar un periodismo de calidad e independiente, para poder seguir disfrutando del mejor contenido y asegurar que la página funciona correctamente.

Si quieres ver reducido el impacto de la publicidad puedes suscribirte a la edición digital con acceso a todas las ventajas exclusivas de los suscriptores.

Suscríbete ahora