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Aumenta la firma de testamentos individuales en las notarías de Navarra
En 2025 se formalizaron 4.817 acuerdos unipersonales, casi un 18% más que en 2022, mientras que los de hermandad, 2.603, supusieron en torno al 35% del total


Actualizado el 23/02/2026 a las 09:03
Las notarías navarras formalizaron el año pasado cerca de 7.500 testamentos (7.420). Se trata, según los datos del Consejo General del Notariado del dato más elevado, al menos, desde 2021. Del total de testamentos que se firmaron en 2025, 2.603 fueron testamentos de hermandad o mancomunados (firman dos o más personas), lo que supone en torno al 35% del total. El resto, 4.817, fueron testamentos individuales. Por el primero, como explica el notario José Miguel Gómez Sánchez, de la notaría Gómez Pons es habitual que opten parejas (casadas o no) y, aunque menos, también hermanos.
En todo caso, son también numerosas las parejas que optan por hacer testamento por separado y que al igual que personas solteras, viudas o divorciadas y de fuera de la Comunidad foral, que no pueden hacer testamento de hermandad, formalizan testamentos individuales. Son estos acuerdos los que más están creciendo en la comunidad. De hecho, en 2025 se firmaron casi un 18% más que en 2022. Hay que tener en cuenta que en Navarra existen diferencias sustanciales en materia sucesoria respecto al derecho común y especial del resto de regiones españolas. Entre las más importantes está la plena libertad para dejar el patrimonio a quien se desee y la posibilidad de suscribir un testamento único entre varias personas (testamento de hermandad).
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Como explican desde el Consejo General del Notariado, para hacer testamento basta con acudir al notario con el DNI y explicarle cómo desea que se reparta su patrimonio tras el fallecimiento. En general, no es necesario realizar un inventario de los bienes ni presentar documentos que los acrediten. Tras conocer la voluntad y asesorar a los testadores sobre la legalidad, el notario redactará el testamento y el testador procederá a su otorgamiento.
En el testamento se pueden incluir otras disposiciones como el reconocimiento de hijos y designar a sus tutores en caso de fallecimiento o nombrar a la persona que queramos que sea nuestro albacea digital, para que se encargue, por ejemplo, de cerrar nuestras cuentas en las redes sociales.
Cuando fallece un familiar es necesario hacer una consulta al registro general de últimas voluntades (puede ser online) para saber si hizo testamento. De ser así, se notificará el notario que lo custodia al que habrá que acudir para disponer de una copia y saber qué hemos heredado. Si no existe testamento, será la Ley la que determine a quien o quienes corresponde heredar, siguiendo un orden establecido de parentesco.