Expedientes
Dos familias de Pamplona cancelan 158.000 euros en deudas con la Ley de Segunda Oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad permite a personas físicas y autónomos cancelar total o parcialmente sus deudas y, cuando procede, reestructurarlas mediante planes de pago asumibles


Publicado el 27/10/2025 a las 12:26
Dos familias de Pamplona han conseguido cancelar íntegramente una deuda cercana a 130.000 euros en un caso y, en otro, se han exonerado 28.000 euros y reestructurado 7.000 más en un plan de pagos aplicando la Ley de Segunda Oportunidad.
La Ley de Segunda Oportunidad ofrece una salida a particulares y autónomos que no pueden afrontar sus obligaciones. Pueden acogerse quienes residan en España, cuenten con más de un acreedor, actúen de buena fe y no hayan sido condenados recientemente por determinados delitos económicos ni solicitado este mecanismo en los últimos cinco años.
El camino arranca con un estudio de viabilidad y continúa con la tramitación concursal ante el juzgado. A partir de la admisión a trámite, se alivia la presión inmediata: pueden suspenderse embargos y frenarse los intereses, mientras se trabaja en la solución final, ya sea la exoneración del pasivo insatisfecho o un plan de pagos ajustado a la capacidad real del deudor.
En estos dos expedientes, ambas familias han sido defendidas por Ézaro Legal, firma legaltech especializada en insolvencia personal y protección del consumidor. El despacho ha coordinado la estrategia jurídica desde el análisis inicial hasta la resolución.
“Lo más importante no son las cifras, sino lo que significan para quienes estaban al límite”, explica David Muñoz, CEO de Ézaro Legal.
La reforma de 2022 ha reforzado, además, la protección de los bienes esenciales cuando resulta razonable y se cumplen los requisitos legales. En la práctica, los jueces pueden autorizar que la familia conserve su vivienda habitual si el coste es proporcionado a sus ingresos y el inmueble no es suntuoso, y permitir que se mantenga el vehículo cuando es necesario para trabajar o para cubrir necesidades básicas.
La normativa exige un examen pormenorizado de la situación económica del deudor, su historial de pagos y su conducta de buena fe.