Justicia
El jurado declara culpable de asesinato a la acusada de matar a una presa en Pamplona
Se ha decretado su ingreso en prisión provisional por riesgo de fuga: será condenada a entre 15 y 25 años de cárcel


Actualizado el 06/10/2025 a las 23:15
El jurado popular apenas ha necesitado ocho horas para alcanzar un veredicto de culpabilidad en el crimen de Margarita Munilla, de 39 años, en la cárcel de Pamplona en 2021. Por unanimidad, las cinco mujeres y cuatro hombres han concluido que Milagros Jiménez Jiménez atacó a su compañera de celda por detrás y le causó la muerte al comprimirle el cuello y los orificios respiratorios, reduciendo así “de forma notable sus posibilidades de defensa”. Por una mayoría de siete votos, han determinado que la acusada se aprovechó de esta situación, por lo que la han declarado culpable de un delito de asesinato.
La portavoz del jurado ha leído el veredicto pasadas las ocho de la tarde de este lunes. La acusada, que ha estado estos cuatro años en libertad a la espera de juicio, ha llegado al Palacio de Justicia acompañada de su abogado. Se ha sentado en la misma silla donde hace la semana pasada reclamó su inocencia, y con la cabeza agachada y las manos agarradas abajo ha comenzado a escuchar las conclusiones del jurado, plasmadas en un cuestionario de una treintena de preguntas sobre los hechos enjuiciados.
Al acabar del acto y escuchar que será condenada a entre 15 y 25 años de cárcel (una magistrada de la Sección Primera de la Audiencia la redactará basándose en el relato del jurado y la horquilla de penas solicitadas por defensa y acusaciones), la acusada ha roto a llorar y a gritar una y otra vez que ella no había hecho nada. Lo hacía en el pasillo del Palacio de Justicia, mientras la magistrada decidía a puerta cerrada sobre la petición de las acusaciones particulares de que se decretara la prisión provisional de manera inmediata por riesgo de fuga. Así lo ha acordado la jueza y la mujer ha sido conducida directa a la cárcel de Pamplona.
El jurado ha basado su decisión principal en lo que la fiscal calificó como la “prueba esencial” del caso: la autopsia y la pericial de los médicos forenses. Así, han considerado probado que la acusada asfixió a la víctima por detrás, debido a “la tipología de las lesiones” y la exposición de los forenses. El hecho de que el ataque fuera por la espalda les ha servido asimismo para dar por probado el asesinato por siete votos. El jurado, al igual que hicieran los forenses, han descartado cualquier otra causa de muerte y con ello la versión de la acusada, que dijo que al ir al baño de madrugada se encontró a la víctima inconsciente a cuatro patas y con la cabeza metida en una papelera.
UNA PATOLOGÍA PSIQUIÁTRICA PERO SIN BROTE
El jurado ha visto probado que la acusada tenía algún tipo de patología psiquiátrica, pero ha descartado por unanimidad que aquella noche sufriera un brote sicótico antes de cometer los hechos. Han basado esta conclusión en los informes médicos y el testimonio de los forenses de Aragón, que examinaron a la procesada tras su arresto. Los mismos informes médicos han llevado al jurado a ver probado que la mujer tenía una adicción a la cocaína y heroína antes de entrar en prisión, pero no han considerado que le afectara en el momento de los hechos. La tercera atenuante que planteaba la defensa, la de dilaciones indebidas, tampoco ha sido aceptada por el jurado popular. Por unanimidad no han visto que el caso, que ha tardado cuatro años en llegar a juicio, estuviera paralizado de forma injustificada durante casi un año. Asimismo, también han rechazado que la acusada merezca el indulto, “debido a la gravedad de los hechos”.
Una vez leído el veredicto, el jurado ha abandonado la sala. Ha sido en el momento en el que las partes han expuesto a la magistrada la pena que consideran que tiene que ser impuesta a la acusada. La fiscal se ha mantenido en pedir 19 años de cárcel por asesinato, ya que ha considerado que el diagnóstico de trastorno aprobado por el jurado puede ser considerado una atenuante simple. La acusación particular en nombre de la madre y la hija, ejercida por el abogado Carlos Bermúdez, se ha adherido a la petición de la Fiscalía. Los letrados de la acusación que representa a la pareja de la víctima, Iván Castaño y Emilio Bretos, han reclamado la pena máxima por asesinato, un total de 25 añoes, en atención al "dolor innecesario causado" y al daño causado a su madre, hija y pareja. La defensa, ejercida de oficio por el abogado Manu Mikel Ruiz de Alda, ha pedido el mínimo, 15 años, por la discapacidad mental de la acusada, reflejada en la patología psiquiátrica que le ha reconocido el jurado. Asimismo, se ha opuesto al ingres en prisión provisional, argumentando que aún no hay sentencia firme y que en estos cuatro años ha estado en libertad y siempre ha comparecido ante el juzgado. Ha negado que exista riesgo de fuga por su "situación vital": carece de ingresos y no tiene pasaporte. "Si se quisiera fugar, ya se había fugado".
"SE HA HECHO JUSTICIA POR MARGARITA"
Los abogados Emilio Bretos e Iván Castaño se han mostrado "muy satisfechos" por el veredicto. "Desde un primer momento, lo que pedimos es que se hiciera justicia por Margarita, y hoy por fin se ha hecho". "Este asesinato ha dejado destrozados a una familia, huérfana a una niña que entonces tenía 4 añitos, y a una pareja que tenía un proyecto de vida con la víctima. Y por eso, hemos defendido que también debe ser responsable Instituciones Penitenciarias dependiente del Ministerio del Interior, porque está muerte se podría haber evitado".
Sobre este asunto no se tenía que pronunciar el jurado, pero sí lo hará la magistrada en las sentencia. La fiscal y las dos acusaciones consideran que el Estado debe responder por no haber protegido a la víctima en prisión. El objeto del veredicto sí recoge que la víctima era la reclusa de apoyo de la acusada, que había intentado suicidarse poco antes, y que estaba "descontenta" con ese papel, de ahí que la misma tarde antes de ser asesinada presentó una instancia oficial de renuncia "señalando que estar con la interna a la que apoyaba le afectada a sus salud mental". Este punto ha sido aprobado por unanimidad.