Segunda Oportunidad
Cancelan dos deudas de 116.000 y 265.000 euros a un particular y a un matrimonio en Navarra
Han resultado beneficiados en el juzgado por el procedimiento de Segunda Oportunidad


Publicado el 01/10/2025 a las 11:25
Un particular y un matrimonio han logrado exonerar en los juzgados navarros sendas deudas de 116.287 y 265.510 euros gracias a la Ley de Segunda Oportunidad. Ambos casos han sido gestionados por el despacho Repara tu Deuda Abogados.
Según detalla esta misma oficina en un comunicado, la naturaleza de ambos casos es la siguiente. El particular era un hombre que adeudaba 116.287 euros. Su estado de insolvencia se originó a partir de la necesidad de financiación para ir a su país de origen puesto que tenía que cuidar a un familiar. También solicitó nuevos créditos para cubrir los gastos médicos de la operación y para la estancia en el hospital. A su regreso a España, el deudor se dio de alta de autónomo ya que no conseguía ningún puesto de trabajo. Desafortunadamente, al no obtener ningún beneficio, tuvo que darse de baja. Sin capacidad económica para hacer frente a esos créditos ni a sus necesidades básicas, solicitó otros nuevos para cubrir la financiación solicitada. Su acumulación conllevó la actual situación de insolvencia y sobreendeudamiento.
En el segundo caso, un matrimonio ha logrado exonerar 265.510 euros pendientes de pago. El deudor pidió financiación para darse de alta como autónomo en el sector de la promoción y la construcción. Posteriormente, solicitaron nuevos créditos para intentar mantener la sociedad promotora que habían creado. Desafortunadamente, la empresa tuvo que cerrar y los deudores respondieron solidariamente. Más tarde, él estuvo trabajando en dos empresas por cuenta ajena, pero con el tiempo se quedó sin empleo. Consiguió otro trabajo, pero a los dos meses lo perdió. No será hasta varios años después cuando consiguió un nuevo trabajo. Además, la deudora ya no trabajaba y contaba solo con una pensión.
En líneas generales, para lograr cancelar una deuda con la Ley de Segunda Oportunidad es suficiente con que la persona no haya sido condenada por delitos de orden socioeconómico en los últimos diez años, que se encuentre en un estado actual o próximo de insolvencia y que actúe con total transparencia, de buena fe, sin ocultar bienes ni ingresos. Además, no puede haberse acogido a este mecanismo en los últimos diez años.