TSJN
Un pintor logra la incapacidad permanente total por una miopía agravada
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra estima su demanda, algo que le había denegado la Seguridad Social y la primera sentencia


Actualizado el 21/08/2025 a las 08:45
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha concedido la incapacidad permanente total a un pintor por la miopía agravada que sufre, una demanda que le había denegado tanto el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) como la sentencia de primera instancia. El INSS llegó a argumentar que la profesión de pintor “no precisa de una especial capacidad visual”, pero los magistrados responden que según la Guía de Valoración Profesional del propio INSS, para ejercer como pintor se necesita un nivel de agudeza visual de 3 puntos sobre 4 y la misma puntuación en campo visual.
El pintor estuvo 15 años de alta como autónomo, hasta que en 2022 sacó una oposición para servicios generales del Gobierno de Navarra por el turno de discapacidad. Concretamente, tiene reconocida una discapacidad del 38% desde 2018 por pérdida de agudeza visual moderada.
La Seguridad Social argumentaba que las lesiones por las que solicitaba la incapacidad total ya existían cuando se dio de alta como autónomo, “sin que hayan sufrido una agravación significativa que le haga merecedor de la incapacidad solicitada”. El TSJN tampoco comparte esta conclusión. Antes de 2014, el demandante tenía 11 diotrías en cada ojo y trabajaba “sin dificultades importantes”, pero ese año sufrió una hemorragia que lo ha dejado “prácticamente ciego del ojo derecho y con una visión de 0,40 sobre 1,0 en el ojo izquierdo”, resalta la sentencia. Por tanto, el TSJN considera que ha habido una disminución o anulación de la capacidad laboral que tenía en el momento de su afiliación, y que el recurrente, defendido por la abogada Berta Sanz Corretgé, no tiene una capacidad visual compatible “con el desarrollo eficaz y profesional de todas o las fundamentales tareas” de su profesión de pintor”.