Vivienda
Navarra adjudicará las VPO de alquiler por sorteo en lugar de por baremo
Se favorecerá a empadronados de hasta 35 años de edad y con 60 o más; los cambios se recogen en la proposición de ley que los grupos que apoyan al Gobierno y EH Bildu han registrado en el Parlamento


Publicado el 29/03/2025 a las 05:00
Por sorteo público, de forma telemática y ante notario. Así es como los grupos que apoyan el Gobierno de Navarra (PSN, Geroa Bai y Contigo) y EH Bildu plantean que se adjudiquen a partir de ahora las nuevas viviendas en régimen de arrendamiento y arrendamiento asequible que se incluyan en las reservas generales (pueden llegar hasta el 80% de las viviendas de una promoción). En la distribución de estas reservas, las personas empadronadas en el municipio donde su ubique la promoción que tengan una edad inferior o igual a 35 años o 60 o más tendrán preferencia. Según se recoge en la proposición de ley foral por el derecho a la vivienda asequible que los cuatro grupos han registrado esta semana en el Parlamento, el 50% de las viviendas incluidas en las reservas generales de este régimen serán para las personas comprendidas en esos dos rangos de edad y de ese 50% “el 40% se asignarán a las empadronadas con residencia efectiva ininterrumpida en el municipio de ubicación de la promoción con al menos dos años de antigüedad”. También deberán cumplir, además de los requisitos generales de acceso a viviendas protegidas, el nivel de ingresos exigido.
En el proyecto se detalla que cuando se trate de viviendas en régimen de arrendamiento, se deberá tener unos ingresos familiares ponderados entre el mínimo exigido (superior a 5.000 euros) y hasta 2,5 veces el SARA (índice de Suficiencia Adquisitiva por Renta Adecuada). Para el acceso a una vivienda en régimen de arrendamiento asequible, los interesados deberán tener unos ingresos familiares ponderados superiores a 2,5 veces el SARA e inferiores a 4,5 veces ese mismo índice y a las personas destinatarias se les exigirá de manera adicional tener unos ingresos mínimos de 19.000 euros, los mismos que para el régimen de propiedad y de cesión de uso.
El cambio en el procedimiento de adjudicación para sustituir en los procesos de acceso a viviendas en régimen de arrendamiento y arrendamiento asequible el sistema de baremación por el de sorteo para las viviendas incluidas en las reservas generales es una de las modificaciones de mayor calado de las introducidas en la proposición de ley que modifica además de la actual ley de vivienda, normativa de ordenación del territorio y urbanismo.
Del sorteo de viviendas a la lista de espera
Para el sorteo, donde las viviendas se adjudicarán en función del número de dormitorios seleccionados por los solicitantes, se asignará un número de participación a cada una de las personas o unidades familiares que se incorporen al proceso y un código alfanumérico a cada una de las viviendas de la promoción. “Cuando el número de personas incorporadas al procedimiento supere el número de viviendas de la promoción, una vez realizado el sorteo, se confeccionará una lista de espera de la que formarán parte quienes hubieran participado en él sin haber obtenido vivienda”, se recoge en el texto de la proposición registrada en el Parlamento.
La adjudicación de las viviendas de las reservas especiales en régimen de arrendamiento y arrendamiento asequible se seguirá realizando por baremo. En estas reservas especiales se incluye desde a personas con necesidades de vivienda de integración social, a personas con discapacidad, familias numerosas, víctimas de violencia de género y afectados por realojos urbanísticos.
Desaparece el alquiler con opción a compra
Otras de las modificaciones de calado que incluye la proposición es la revisión de los regímenes de calificación de las viviendas protegidas. La principal novedad es la desaparición del régimen de arrendamiento con opción a compra y la incorporación del arrendamiento asequible, y el cambio en el de propiedad cuya titularidad podrá ser a partir de ahora plena o en derecho de superficie.
En este sentido, se establece el régimen básico de los nuevos regímenes previstos: desde la duración de su destino, al precio máximo de renta mensual o los requisitos específicos de acceso a las viviendas.
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Un parque adecuado y a un precio asequible
En el preámbulo de la proposición se justifica la necesidad “de adoptar medidas que favorezcan la existencia de un parque inmobiliario adecuado a un precio asequible, al que pueda acceder la ciudadanía en general y, en especial, los colectivos más vulnerables”. Se argumenta además que “los cambios estructurales, económicos y sociales y demográficos, la evolución del mercado inmobiliario, y la problemática de emergencia habitacional en la Comunidad foral, hacen precisa la modificación, propiciando fórmulas de acceso a la vivienda que fomenten la disposicion de un mayor número de viviendas protegidas y su acceso para la ciudadanía de forma más igualitaria”.
Las Viviendas de Protección Oficial (VPO)
En régimen de propiedad, cuya titularidad podrá ser plena o en derecho de superficie. Se exigirán unos ingresos familiares ponderados inferiores a 4,5 veces el SARA.
En régimen de arrendamiento. Ingresos familiares ponderados entre el mínimo (5.000 euros) e inferiores a 2,5 veces el SARA.
En régimen de arrendamiento asequible. Ingresos familiares ponderados entre 2,5 y 4,5 veces el SARA.
En régimen de cesión de uso. Ingresos mínimos superiores a 19.000 euros.
Las Viviendas de Precio Tasado (VPT)
En régimen de propiedad, plena o en derecho de superficie. Se exigirá además de los requisitos específicos de acceso a una vivienda de precio tasado, que las personas destinatarias tengan unos ingresos familiares ponderados inferiores a 6,5 veces el SARA. También, que las personas destinatarias tengas unos ingresos mínimos superiores a 24.000 euros en régimen de propiedad.
PRINCIPALES MODIFICACIONES
1. Revisión de los regímenes de calificación de las viviendas protegidas. Desaparece el régimen de arrendamiento con opción a compra y se incorpora el régimen de arrendamiento asequible.
2. Revisión de los procedimientos de adjudicación. Se sustituye la baremación en los procesos de acceso a viviendas en régimen de arrendamiento y arrendamiento asequible por el sistema de sorteo para reservas generales destinadas a determinados grupos de población.
3. Fomento de las fórmulas de colaboración público-privadas y nuevas figuras residenciales.
4. Refuerzo del parque público de vivienda y ampliación de las funciones del Banco Foral de suelo público.