Audiencia Nacional

El juez excluye a la cúpula de ETA del atentado contra dos policías en Sangüesa en 2003

Cierra sin procesamiento el sumario reabierto en 2022 al considerar que no hay constancia de que diesen una orden directa para cometer el atentado

Tres velas, en el lugar en el que tuvo lugar el atentado de ETA contra dos policías en Sangüesa, el 30 de mayo de 2003
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Tres velas, en el lugar en el que tuvo lugar el atentado de ETA contra dos policías en Sangüesa, el 30 de mayo de 2003
Tres velas, en el lugar en el que tuvo lugar el atentado de ETA contra dos policías en Sangüesa, el 30 de mayo de 2003

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Agencia Efe

Publicado el 18/01/2024 a las 12:57

El juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge ha concluido que no hay pruebas suficientes para sentar en el banquillo a varios exdirigentes de ETA por el atentado perpetrado el 30 de mayo de 2003 contra dos policías en Sangüesa dado que no hay constancia de que diesen una orden directa para cometerlo.

Una tesis compartida por la Fiscalía y que ha llevado el juez a cerrar sin procesamiento el sumario reabierto en 2022 tras una querella presentada por la asociación de víctimas Dignidad y Justicia contra ocho miembros de la antigua cúpula de ETA y otros dos exintegrantes de la banda a quienes atribuía el atentado.

Entre los exjefes de ETA contra los que se dirigía la querella figuraban Garikoitz Aspiazu Rubina, Txeroki; Mikel Albisu Iriarte, Antza; y Soledad Iparraguirre, Anboto, si bien el juez amplió el año pasado la imputación a Mikel Kabikoitz Carrera Sarobe, Ata, y Miren Itxaso Zaldua, Sahatsa, tras recibir un informe de la Guardia Civil.

En su auto, que la asociación intentará revocar y al que ha tenido acceso EFE este jueves, el magistrado comparte los argumentos del fiscal y argumenta que el asesinato, mediante la explosión de una bomba lapa adosada a su coche oficial, de los dos agentes y de una tercera persona que se encontraba en el lugar fue fruto de un atentado dirigido a funcionarios de la Policía.

Según explica el juez y la Fiscalía, este era un colectivo que "desgraciadamente se erigía como víctima habitual de las acciones de la organización terrorista", de modo que "la responsabilidad", como "autoría mediata" de los miembros del comité ejecutivo de ETA "no se enmarca dentro de las órdenes directas y precisas" del citado órgano.

El magistrado indica que hay "numerosos" informes de inteligencia policial que deducen que "sólo en el caso de que los atentados se cometiesen contra objetivos especiales, la dirección de la organización terrorista debería dar su autorización" y añade que, en este caso, las víctimas no formaban parte de "esos objetivos especiales".

De Jorge también alude a un informe policial que admitía que no podía "atribuirse participación material" en el atentado de Garikoitz Arruarte Santa Cruz y Gorka Lorán Lafourcade, de modo que ha acordado cerrar el caso sin dirigirse contra ningún investigado.

Fuentes de Dignidad y Justicia anuncian a EFE que solicitarán a la Sala de lo Penal que revoque el auto del magistrado para que se practiquen las diligencias de investigación pendientes.

Esta asociación presentó su querella -una de las muchas que apunta a la posible responsabilidad, por acción o por omisión, de la cúpula de ETA en diversos atentados- con la tesis de que este fue el primero de una campaña de 18 atentados "indiscriminados" mediante el uso de explosivo Titadine.

En Sangüesa fallecieron los policías Julián Embid Luna y Bonifacio Martín Hernández, un tercer agente resultó herido y también un trabajador de Telefónica. 

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