Justicia

Suspensión cautelar del proceso de estabilización de más de 100 plazas de secretario e interventor

El TSJN dicta una resolución, aún no firme, que afecta a más de cien plazas que siguen el sistema excepcional de concurso de méritos

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Iñigo Salvoch

Publicado el 12/12/2023 a las 05:00

El proceso de estabilización extraordinaria de más de un centenar de puestos de secretario e interventor de entidades locales ha quedado suspendido cautelarmente por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra. La resolución no es firme y cabe interponer ante ella recurso de reposición en el plazo de 5 días. Afecta a las plazas que seguían el sistema excepcional de concurso de méritos, el dirigido a todas aquellas plazas que habían sido ocupadas de modo interino al menos durente los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020. Son más de un centenar de plazas. Este auto no afecta a aquellas plazas que siguen el sistema de concurso-oposición, para plazas que estaban ocupadas de modo interino por una persona con posterioridad a la fecha antes citada.

La suspensión cautelar es respuesta al recurso contencioso-administrativo interpuesto por nueve afectados que acreditaban escasos años de antigüedad tras ser desestimado un recurso de alzada frente a la resolución 679/2022, de 1 de diciembre del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueba la convocatoria para el proceso de estabilización de los puestos de Secretaría e Intervención de las entidades locales de Navarra, mediante el sistema excepcional de concurso de méritos.

Los demandantes consideran que en el supuesto de los puestos de Secretaría e Intervención en la Comunidad Foral de Navarra no hay una situación de excepcionalidad como la que prevé la Ley de Estabilización, sino que “la relación temporal es la prevista legalmente por lo que no existe un fraude de ley”, “es la que se ha mantenido a lo largo de 40 años en el 94 % de los puestos”. Añaden también que se ha incumplido el plazo previsto de publicación de convocatorias.

Aseguran que la Resolución 679/2022 de 1 de diciembre que regula el proceso de estabilización de Secretarios e Interventores “incumple variada normativa como para ser anulada por motivos de legalidad ordinaria sin necesidad de plantear para su anulación una cuestión de constitucionalidad. Analizan los demandantes de modo concreto los méritos profesionales, otros méritos y el especifico de conocimiento del euskera.

Ante esta petición de suspensión cautelar se habían opuesto Gobierno de Navarra y la Asociación de secretarios y secretarias de las entidades locales de Navarra. Para la decisión de la suspensión cautelar el TSJN ha tenido en cuenta que esta decisión no produciría en realidad daños a los aspirantes al concurso méritos pues, ya están prestando servicios como interinos en esas plazas, ni tampoco al interés general.

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