Gobierno foral

Navarra adapta su normativa para garantizar la estabilidad del profesorado de la UPNA

La modificación normativa introducida por la Ley Orgánica del Sistema Universitario aborda la creación de la nueva figura del profesor/a permanente laboral en sustitución de la de profesor/a contratado/a doctor/a

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Diario de Navarra

Publicado el 14/06/2023 a las 13:21

El Gobierno de Navarra, en su sesión de este miércoles, ha aprobado una modificación parcial del Decreto Foral 36/2009, de 20 de abril, que regula el régimen del personal docente e investigador contratado de la Universidad Pública de Navarra (UPNA).

El objetivo principal de esta modificación transitoria es garantizar y mantener el desarrollo adecuado de la actividad ordinaria de esta institución, asegurando la estabilidad del profesorado y abordando uno de los efectos inmediatos de la entrada en vigor de la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU): la creación de la figura de profesor/a permanente laboral en sustitución de la de profesor/a contratado/a doctor/a, vigente hasta ahora y que desaparece.

La LOSU reconoce la validez de las acreditaciones vigentes de profesorado contratado/a doctor/a para acceder a la nueva figura de profesor/a permanente laboral y permite a los profesores y profesoras actualmente contratados solicitar su integración en esta nueva figura, manteniendo sus plazas y fecha de ingreso. Sin embargo, la LOSU no prevé que se puedan convocar y suscribir nuevos contratos de profesorado contratado/a doctor/a, por lo que las universidades se encuentran con la problemática de que solo pueden suscribir nuevos contratos para una figura, la de profesor/a permanente laboral, figura que aún precisa de un desarrollo normativo.

Con la reforma parcial del Decreto Foral aprobada hoy, que responde a una demanda del profesorado contratado de las universidades, el Ejecutivo incorpora a la normativa foral la nueva figura de profesorado permanente laboral y evita así un vacío normativo en el régimen aplicable a esta nueva figura en aquellas materias cuya regulación corresponde a la Comunidad Foral de Navarra.

En concreto, se establece que la UPNA podrá contratar profesorado permanente laboral y que el régimen aplicable a dicho contrato, hasta que no se acometa la adaptación completa de la normativa foral a la LOSU, será el establecido para la figura de profesor/a contratado/a doctor/a.

ADAPTACIÓN A LA LOSU

Cabe recordar que la LOSU supone un importante cambio en muchos aspectos de la regulación universitaria, por lo que las Comunidades Autónomas y las universidades deberán abordar una profunda revisión de sus respectivas normativas para adaptarse a esta nueva legislación.

Concretamente, una de las disposiciones finales de la LOSU dispone que en un plazo de seis meses desde su entrada en vigor el Gobierno de España presentará al Congreso de los Diputados un proyecto de Ley del estatuto del personal docente e investigador.

Estos numerosos cambios conllevarán acometer en el futuro una reforma en profundidad del Decreto Foral que regula el régimen del personal docente e investigador contratado de la UPNA, haciéndose necesario en este momento llevar a cabo esta adaptación parcial del mencionado Decreto Foral para responder a los efectos inmediatos de la entrada en vigor de la LOSU.

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