Educación
El Constitucional avala retirar los conciertos a centros como Miravalles-El Redín e Irabia-Izaga
El Alto Tribunal rechaza el recurso de VOX a la 'Ley Celáa' y dicta que de la Constitución deriva "un modelo educativo pluralista", pero no que "todos los modelos educativos hayan de recibir ayudas"


Actualizado el 19/04/2023 a las 13:09
El Tribunal Constitucional confirma lo avanzado a finales de marzo: rechaza el recurso presentado por Vox contra la Ley de Educación o 'ley Celáa' y avala el no concertar a los centros que imparten la educación diferenciada, es decir la que separa a chicos y chicas en las aulas. Esta medida afecta de lleno a Navarra y a los dos colegios con cuatro sedes que la ofertan: Miravalles-El Redín e Irabia-Izaga. Entres los dos suman 4.500 alumnos y más de 350 docentes.
Según ha informado la corte de garantías, el Pleno del Constitucional ha respaldado la ponencia de Ricardo Enríquez, aunque tanto este magistrado como sus otros tres compañeros de la minoría conservadora han anunciado voto particular al considerar que hay determinados preceptos de la 'ley Celáa' que deberían haberse declarado inconstitucionales.
Enríquez propuso en un primer borrador respaldar la 'ley Celáa', excepto los artículos que recogen que "los centros sostenidos parcial o totalmente con fondos públicos desarrollarán el principio de coeducación en todas las etapas educativas" y "no separarán al alumnado por su género"; y que las administraciones dispondrán las medidas necesarias "para evitar la segregación del alumnado" con necesidad específica de apoyo educativo. Sin embargo, la mayoría progresista del TC -de 6 a 4 en este caso, porque el ex ministro de Justicia Juan Carlos Campo se ha abstenido de esta deliberación- rechazó la primera ponencia en el Pleno del 23 de marzo, al buscar un aval sin fisuras a la norma jurídica. Enríquez aceptó redactar un segundo borrador que recogiera el sentir mayoritario, el que ha sido aceptado este martes.
Así, ha desaparecido el reproche inicial a la prohibición de concertar la educación diferenciada por sexos. En este sentido, expone que de la Constitución deriva "un modelo educativo pluralista", pero no que "todos los modelos educativos hayan de recibir ayudas", ni "un derecho subjetivo a la prestación pública".
En concreto, ha examinado si la prohibición de financiar públicamente la educación diferenciada "es contraria a la igualdad o a algunos de los derechos educativos que consagra el artículo 27" de la Carta Magna, concluyendo que no.
"La diferencia de trato que establece el apartado primero de la disposición adicional 25 de Ley de Educación entre los centros educativos que separen al alumnado por razón de su género, a efectos de poder ser financiados total o parcialmente por fondos públicos, responde a una concepción ideológica del sistema educativo que, no solo no puede ser tachada de arbitraria, sino que, además, está inspirada en valores constitucionales".
El Tribunal Constitucional acaba de cerrar así una de las tres vías a las que han recurrido los colegios Irabia -Izaga y Miravalles-El Redín para mantener sus conciertos en Bachillerato, extinguidos recientemente por el departamento de Educación.
Como se recordará, los colegios que imparten educación diferenciada en Navarra, Irabia -Iazaga y Miravalles -El Redín, han acudido a los tribunales para defender el concierto educativo para la etapa de Bachillerato que el Gobierno foral les acaba de extinguir. ¿La razón? No convertir las aulas en mixtas contraviniendo la LOMLOE. Ambos centros, los dos con sedes masculinas y femeninas, y con 550 alumnos afectados en estas etapas, mantuvieron reuniones con las familias donde les informaron de los próximos pasos que van a dar y de las opciones que barajan.
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Desde hace años ambos centros mantienen aulas mixtas en la etapa de Infantil (3-6 años) y desde 2021 también en los primeros cursos de Primaria. En aquella ocasión, y tras renovar los conciertos económicos de esa etapa, los centros decidieron implantar las aulas mixtas año a año, lo que fue validado por Educación.
Además de la vía del Constitucional, es otra vía en la que esperan tener más éxito ya que existen precedentes legales recientes en Cataluña: la del Tribunal Superior de Justicia de Navarra. Irabia -Izaga y Miravalles -El Redín han interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra la resolución apelando al principio de confianza legítima. Éste se basa en la seguridad jurídica según la cual la Administración no puede defraudar las expectativas que han creado sus normas y decisiones sustituyéndolas inesperadamente por otras de signo distinto. Y ya que ese medio millar de estudiantes navarros lleva toda su etapa escolar en la educación diferenciada, incluido el Bachillerato, consideran que tienen derecho a finalizar sus estudios tal y como los eligieron en su día. Además, solicitan medidas cautelares para que el concierto se mantenga hasta que falle el tribunal. Estas medidas cautelares son las que se han concedido a los centros de educación diferenciada catalanes.
Ante estas vías, y en cualquiera de los casos, los colegios han tranquilizado a las familias en reuniones recientes aseverando que su intención es que no deban afrontar mayores gastos que los presentes en el próximo curso.
