Tribunales
Indemnizada por ser incluida en un fichero de morosos sin previo aviso
Un juzgado condena a una financiera a pagar 800 euros a una mujer, a pesar de que ya constaba en el mismo fichero por otras cuatro deudas


Publicado el 09/04/2023 a las 06:00
El Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Pamplona ha condenado a una financiera a indemnizar a una mujer con 800 euros por daños morales por haberla incluido en un listado de morosos sin cumplir con los requisitos de notificación, a pesar de que ya figuraba en ese mismo listado por otras cuatro deudas.
La usuaria argumentaba que en 2020 fue incluida de forma indebida en uno de estos ficheros por no pagar 476,42 euros. “Se hizo sin cumplir los requisitos de requerimiento previo de pago y preaviso de inclusión”, razonaba la demanda, en la que se solicitaba una indemnización de 3.000 euros.
La financiera se oponía. Recordaba que la deuda era “cierta, vencida, exigible y no controvertida”, que la deudora fue exigida para el pago y que se le comunicó que si no abonaba la deuda sería incluida en un fichero de solvencia. Además, sostenía que no se ha demostrado ningún descrédito ni daño, puesto que aparece en el mismo fichero por deudas con otras cuatro entidades y que solo consta una consulta por parte de una entidad bancaria, por lo que la divulgación, en cualquier caso, había sido mínima.
El juzgado ha dado la razón a la mujer, defendida por Reclama lo que te pertenece, porque para justificar los requerimientos de pago no basta con que la notificación sea enviada y no devuelta. En este caso, la notificación a la deudora se mandó junto con otras 30.002 cartas un día, junto con 10.659 en otro... “A través de estos envíos masivos no se ha justificado suficientemente el cumplimiento del requisito de requerimiento previo al pago”, estima la jueza. Acerca de la cantidad, entiende que la indemnización de 800 euros cumple en este caso con la función “reparadora y disuasoria”.