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Juzgados

Absuelven a un granjero condenado por colocar trampas para animales

Un juzgado le había impuesto un año de prisión, pero la Audiencia concluye que los métodos que utilizó no son equiparables al veneno

Ampliar Fachada del Palacio de Justicia de Navarra.
Fachada del Palacio de Justicia de NavarraCORDOVILLA (ARCHIVO)
Publicado el 12/03/2023 a las 06:00
El trabajador de una granja avícola navarra que había sido condenado a un año de prisión por colocar trampas para animales en las cercanías e interior de la instalación ha sido absuelto por la Audiencia Provincial de Navarra. El tribunal considera que las trampas que colocó para que los depredadores no atacaran a las aves de la granja no pueden equipararse a los efectos destructivos del veneno o los explosivos, que es lo que exige el delito contra la fauna del que había sido acusado, por lo que le absuelve.
Una mañana de mayo de 2021, la Policía Foral halló en la finca privada de las instalaciones y en el interior de la granja varios instrumentos considerados por la ley como medios prohibidos y no selectivos de caza. Según consta en la sentencia, el acusado había colocado una jaula trampa con reclamo de una paloma doméstica, “a la que había arrancado plumas para potenciar su reclamo”, un cepo de pisada que tenía atrapada una gineta viva, un lazo de sirga con el que había matado a un zorro y dos jaulas con sistema de embudo. Ninguno de estos instrumentos constaba con la autorización necesaria.
Con todos estos elementos, el Juzgado de lo Penal nº 4 de Pamplona le condenó a un año de prisión ya la inhabilitación para ejercer una profesión que relacionada con el comercio y cuidado de animales, así como la inhabilitación para cazar y pescar durante dos años. El condenado recurrió el fallo.
La Audiencia analiza en el recurso si las trampas colocadas eran suficientes “para generar un riesgo contra la riqueza animal equiparable al riesgo de destrucción que introduce la caza con explosivos o con veneno”, tal y como subraya la doctrina del Tribunal Supremo. Y en el caso de esta granja, el tribunal concluye que utilizar estas trampas y cebos no encaja en esta consideración. “Ni por su carácter ‘no selectivo’, ni por su eficacia destructiva”, argumentan, para añadir que tampoco se podía atrapar a cualquier animal. “Nada comparable a los efectos del veneno o los explosivos”.
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