Tribunales
La sentencia que tardó 903 días
La Audiencia navarra ha dictado un fallo sobre un juicio celebrado en octubre de 2019


Publicado el 29/05/2022 a las 06:00
El 10 de octubre de 2019 el covid no existía, María Chivite llevaba dos meses como presidenta de Navarra y Osasuna jugaba un amistoso en su regreso a Primera División. Ese día, jueves, en la Sección Segunda de la Audiencia se celebró un juicio por un asunto empresarial con un matrimonio acusado al que la Fiscalía pedía hasta 4 años de prisión. Pero han tenido que pasar casi dos años y medio para que se dicte sentencia. El tribunal lo hizo el pasado 31 de marzo de 2022 (903 días después del juicio) para condenar a la mujer a 2 años de prisión. El marido, también juzgado en la vista de 2019, falleció poco después.
Los tres magistrados que vieron el juicio y dictan sentencia ya no forman parte de la Sección Segunda de la Audiencia. Como ponente, una jueza que actualmente se encuentra al frente del Juzgado de lo Penal nº 2 de Pamplona. De hecho, la sentencia hace referencia a este cambio de destino en una providencia del 4 de febrero en la que se da cuenta de que la magistrada encuentra en otro órgano judicial y se acuerda asimismo “confirmar la ponencia del asunto que quedó pendiente, a efectos del dictado de la sentencia”. El fallo no contempla la atenuante de dilaciones indebidas (retrasos injustificados), tan solo incluye una mención genérica “al tiempo transcurrido” para situar en dos años de cárcel la condena por un delito de administración desleal, que puede tener penas de hasta cuatro años. Las acusaciones particulares han solicitado aclaraciones.
Un caso similar
La sentencia hace referencia a una empresa de máquinas expendedoras fundada en 2004 y que fracasó a los dos años, con las consiguientes pérdidas económicas tanto para el matrimonio acusado como para una serie de socios, algunos de los cuales se querellaron. El tribunal descarta que la empresa se tratara de “un artilugio” para conseguir dinero de los querellantes, porque “hubo una actividad empresarial clara”, pero considera que se cometió un delito de administración desleal puesto que, una finalizada la actividad, se usó la sociedad para “solucionar problemas” ante Hacienda.
La sentencia fue emitida el pasado 31 de marzo. Ese mismo día, esta sección de la Audiencia dictó una condena de otro juicio también celebrado en 2019 (en noviembre) sobre una herencia controvertida del año 2004. La ponencia inicial del caso también correspondía a esta magistrada, sancionada en 2020 por retrasos, si bien la sentencia fue dictada finalmente por otra jueza.