Tribunales

El Supremo confirma que la renuncia a no reclamar cláusula suelo fue abusiva

Seis años después de que los clientes reclamaran, el Tribunal Supremo se pronuncia sobre el primer caso en Navarra que anuló el acuerdo con el banco

La Audiencia valida los acuerdos con el banco sobre cláusula suelo
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El Supremo confirma que la renuncia a no reclamar cláusula suelo fue abusiva
La Audiencia valida los acuerdos con el banco sobre cláusula suelo

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Gabriel González

Publicado el 26/02/2022 a las 06:00

El periplo judicial de los primeros clientes que lograron en Navarra que la justicia anulara el acuerdo que habían firmado con Caja Rural para no reclamar su cláusula suelo llegó este viernes  a su fin después de casi seis años. Tras pasar por el juzgado y la Audiencia, el Tribunal Supremo dictó este viernes sentencia en el mismo sentido que viene haciéndolo con los acuerdos de otras entidades bancarias fuera de la Comunidad foral, tras la decisión de Europa en 2020: los acuerdos son válidos, pero no así la renuncia a reclamar que el banco impuso en ellos. En consecuencia, Caja Rural tendrá que devolver a los demandantes todo lo cobrado de más hasta 2015, cuando firmaron el acuerdo, pero lo ocurrido a partir de entonces no se verá afectado, ya que el tribunal considera válidas las nuevas condiciones pactadas. En otros casos, estos acuerdos lo que incluían era la eliminación completa de la cláusula suelo.

Los magistrados afirman que un contrato hipotecario puede ser objeto de un acuerdo de novación entre el profesional y el consumidor, siempre y cuando el cliente preste un consentimiento “libre e informado”. Sobre la renuncia a emprender acciones legales que se incluía en los acuerdos a cambio de eliminar o reducir la cláusula suelo, la considera “abusiva”, puesto que el banco “no informó sobre las consecuencias jurídicas y económicas de dicha renuncia”, por lo que da la razón a los clientes, defendidos por el abogado Bernardo Apezteguia. Hasta ahora, el juzgado especializado en cláusulas abusivas en Navarra ha dado la razón al cliente en casi el 99% de casos.

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