Tribunales
El Supremo estima parcialmente el recurso de dos opositores a Policía Foral, que repetirán prueba
Los aspirantes habían suspendido los test psicotécnicos


Actualizado el 08/02/2022 a las 14:35
La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso de casación presentado por dos aspirantes a agentes de la Policía foral contra la sentencia del TSJN que había confirmado una resolución del Gobierno de Navarra que les declaraba no aptos, y que ahora podrán repetir una prueba.
La sentencia no les considera "aptos", sino que ordena la retroacción de las actuación en el procedimiento selectivo al momento previo a la celebración de la tercera prueba de la oposición, la psicotécnica, para su repetición, posterior calificación y continuación del proceso selectivo.
Si ambos superasen el resto de las pruebas "logrando una puntuación total que supere a la del último de los aspirantes que logró plaza, se declarará por la Administración el derecho a ser nombrados funcionarios con efectos desde que se produjeron para los que fueron nombrados en su momento", dice el TS.
Los dos aspirantes recurrieron en su día los resultados de las pruebas psicotécnicas de la convocatoria de 37 plazas de policía foral en 2018 para pedir que se les considerara aptos, si bien en sucesivas instancias hasta llegar al Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) se les negó esta demanda.
Estaba fundamentada en que ambos entendían que en la convocatoria de la prueba se había vulnerado los principios de publicidad y transparencia por la no publicación tanto del perfil profesiográfico que define los rasgos o factores a valorar en una prueba psicotécnica para desempeñar puestos de trabajo de policía foral, como del sistema de baremación que debería aplicarse para valorar las pruebas psicotécnicas que deberían realizarse, y de los criterios de corrección de la prueba psicotécnica.
En segundo lugar se denunciaba la falta de motivación de la valoración de “no apto” otorgada a los recurrentes en la misma prueba psicotécnica, que era la tercera prueba de la primera fase de la oposición.
Ahora, el TS considera "evidente que la omisión/falta de indicación del 'perfil profesiográfico' del puesto tiene una clara incidencia en la esencia de la prueba puesto que no se sabe cuáles son las variables (ya sean aptitudes verbales, de razonamiento o de interpretación; ya sean aspectos de la personalidad de los aspirantes, como estabilidad y control emocional; ya sean sus capacidades de decisión y sus habilidades sociales; etc.) que deben ser valoradas en los aspirantes".
También advierte de que la Base no precisa cómo se valorará la prueba psicotécnica y que la previsión consistente en que “tendrá una calificación de “Apto” o “No Apto” y serán eliminadas las personas aspirantes que no obtengan la calificación de “Apto”, "no alcanza plenamente la definición del sistema de valoración puesto que no concreta cuál sea la puntuación mínima o máxima y con cuál se lograría la calificación de apto, no define cuál sea el peso que pueda tener para la valoración final cada una de las variables que llegasen a ser valoradas".
Tampoco se define el sistema de corrección que debe ser aplicado por el órgano encargado de la valoración. No se sabe si todas las respuestas tienen el mismo peso (sumarán lo mismo), ni cómo se considerarán las respuestas erróneas, ni si penalizaran o no las preguntas no contestadas.