Pamplona
Una residencia no tendrá que devolver a un alumno los meses de confinamiento
Argumenta que tuvo la habitación ocupada hasta el 25 de junio y que si no utilizó el servicio fue “por su propia decisión”

Actualizado el 21/06/2021 a las 06:00
Un estudiante que acaba de abonar en febrero de 2020 el último recibo de la residencia donde vive en Pamplona ve cómo apenas unos días después, el 11 de marzo, se decreta el estado de alarma por la pandemia y regresa a su domicilio. El 25 de junio recoge sus pertenencias y reclama a la residencia que se le devuelva el importe de ese último recibo, ya que se pagó por unos servicios que no se prestaron. Una sentencia ha dado la razón a la residencia de estudiantes y no tendrá que devolver importe alguno ya que, según argumenta el fallo, el estudiante tenía la opción de quedarse allí y no lo hizo, por lo que no puede hablarse de servicios “no prestados” sino que “no fue necesario prestar esos servicios dado que no los demandó al no encontrarse en Pamplona”.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona recoge que el contrato suscrito entre los padres del alumno y la residencia para el curso 2019/2020 incluía “alojamiento, mantenimiento de la vivienda, limpieza, planchado de ropa, pensión completa y otros”. En total, el precio del curso era de 8.602 euros a abonar en tres plazos, los días 15 de agosto, noviembre y febrero. Menos de un mes después del último abono, el estudiante abandonó el alojamiento debido al estado de alarma.
OFRECIERON UN BONO
En su demanda, los padres del alumno reclamaron la devolución de los 2.867 euros abonados en febrero por servicios no prestados. La residencia se opuso, alegando que el alumno tuvo la habitación ocupada hasta el 25 de junio de 2020, cuando una persona de su confianza acudió a recoger sus pertenencias.
La jueza ha dado la razón a la empresa. La familia argumentaba que la residencia les ofreció un bono para canjear al siguiente curso debido a la pandemia, lo que, a su juicio, implicaba un reconocimiento de deuda. La sentencia afirma que de ese bono no se puede deducir “de forma unívoca” un reconocimiento de deuda. “Puede deberse a propias políticas de empresa en el contexto de la crisis sanitaria provocada por la propagación de la covid-19, consiguiendo mantener la fidelidad de los clientes afectados, asumiendo parte de las consecuencias negativas”, dice.
La sentencia tampoco ve probado un incumplimiento contractual por parte de la residencia. “El estudiante se marchó del alojamiento el 11 de marzo y ya no regresó al mismo por su propia voluntad”, escribe la jueza, que no ve probado que la residencia le requiriera la entrega de la llave, tal y como afirmó el joven en la vista. Al contrario, subraya que tuvo a su disposición el alojamiento, “puesto que se reconoce que tuvo, hasta el 25 de junio, sus pertenencias allí”.
En este sentido, la jueza subraya que no se advierte ningún incumplimiento “dado que ningún servicio le fue negado (al estudiante) sino que no fue necesario prestarle los servicios puesto que él mismo no los demandó”. “La no utilización del servicio obedece a su propia decisión”, añade la sentenciae. Acerca de la cláusula de desestimiento que incluía el contrato, afirma que “no es nada clara”, si bien no es aplicable en este caso porque el estudiante dispuso de la vivienda hasta la finalización del curso.
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