Deslocalización

Lo aprobado hasta el momento

Las empresas que dejen Navarra tendrán que devolver ayudas de ocho años, no diez, exceptuando las de I+D+i

Diario de Navarra

Actualizado el 14/11/2020 a las 06:00

Reintegro de la ayuda recibida

- La declaración de deslocalización por parte del Gobierno foral supondrá la obligación para la empresa de proceder al reintegro de las subvenciones percibidas en los últimos ocho años, junto con el interés de demora devengado desde el momento de la recepción de la cantidad hasta la fecha de la declaración.

- La empresa estará obligada también a abonar un recargo del 20% del importe de las subvenciones a reintegrar.

- Para la tramitación del reintegro será de aplicación lo dispuesto por la normativa general de subvenciones.

- En relación con las ayudas distintas de las subvenciones, concedidas por la Administración Foral y las entidades del sector público institucional foral, el Gobierno desarrollará reglamentariamente el procedimiento por el que se cuantificará el reintegro.


¿De qué ayudas se trata?

- Se consideran ayudas recibidas de la Administración Foral y la entidades del sector público institucional foral las subvenciones públicas, así como cualquier otra ayuda con independencia de la forma jurídica que adopten.

- El Gobierno foral podrá exceptuar de la aplicación de la ley subvenciones dirigidas a fomentar actividades de I+D+i cuya finalidad sea mejorar la competitividad o la transferencia del conocimiento.


Compromiso empresarial

El compromiso de no incurrir en deslocalización empresarial se deberá recoger como parte del contenido mínimo necesario de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, así como de los negocios jurídicos por los que se formalicen las operaciones de concesión de ayudas de las entidades del sector público institucional foral.


Subvenciones concedidas antes de la nueva ley foral

- La redacción aprobada por PSN y Geroa Bai dice: “Lo dispuesto en esta ley foral será de aplicación a las subvenciones concedidas con anterioridad a su entrada en vigor, siempre que la deslocalización, de acuerdo con lo definido en el artículo 4, se produzca a partir de la entrada en vigor de la presente ley foral y no hayan transcurrido ocho años desde la concesión de la subvención”.

- En la motivación, socialistas y nacionalistas dicen evitar la retroactividad de la ley “tanto en la declaración de la deslocalización como en la aplicación del recargo establecido”. Sin embargo, hay retroactividad cuando la redacción se refiere textualmente a “subvenciones concedidas antes de la entrada en vigor de la nueva ley”.

- Por otro lado, la alusión al artículo 4 queda en el aire, después de que ayer este artículo no fue aprobado.


Seis meses para el desarrollo reglamentario

De aprobarse la ley, el Gobierno de Navarra deberá aprobar la reglamentación necesaria para el desarrollo y la aplicación de la norma en el plazo de 6 meses.

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