Prevención

Mascarillas en Navarra: uso obligado, excepciones y recomendaciones

Será obligatorio el uso adecuado de la mascarilla: debe cubrir desde el tabique nasal hasta el mentón, incluido

Mascarillas en Navarra: uso obligado, excepciones y recomendaciones
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Mascarillas en Navarra: uso obligado, excepciones y recomendacionesEFE
Mascarillas en Navarra: uso obligado, excepciones y recomendaciones

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Beatriz Arnedo

Actualizado el 16/07/2020 a las 07:12

Navarra se suma a partir de este viernes a las comunidades en las que es obligatorio usar mascarilla en la calle y espacios públicos cerrados, al margen de que se guarde o no la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.

USO OBLIGADO


1. Vía pública y espacios al aire libre. Habrá que llevarla en todo momento, aunque se guarde una distancia entre las personas de 1,5 metros o más.

2. Espacios cerrados de uso público. En todos los espacios abiertos al público.

3. Transporte público o privado. Habrá que llevarla en un vehículo privado, excepto si los ocupantes viven en el mismo domicilio.






EXCEPCIONES


1 . Al consumir alimentos y bebidas. En el interior de un local o una terraza, al acabar de comer o beber habrá que volver a ponerse la mascarilla.

2. Actividad deportiva. No habrá que usarla, pero se garantizará la distancia. Sí se llevará en espacios comunes de los centros deportivos.

3. En el baño en piscinas y otros lugares y al estar tumbado al sol. La condición será mantener la distancia. Habrá que utilizar la mascarilla al desplazarse por esas zonas.

4. Actividades de naturaleza fuera de los núcleos de población. Como senderismo, escalada, montañismo, ciclismo, etc., pero guardando la distancia de 1,5 metros.

5. Centros de trabajo públicos y privados. Siempre que se garantice la distancia entre los trabajadores de 1,5 m. En los espacios de esos centros abiertos al público la mascarilla será obligatoria.

6. Personas con alguna dificultad respiratoria. A las que les perjudique su uso.

7. Personas sin autonomía para quitarse la mascarilla. Ya sea por su situación de dependencia o de discapacidad. No deberán llevarla personas con alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

8. Situaciones de fuerza mayor.

RECOMENDACIÓN


Reuniones en espacios privados. Aunque se pueda garantizar la distancia de seguridad, se recomienda usarla en espacios abiertos o cerrados, cuando se reúnan personas de distintos núcleos familiares, sobre todo si hay personas de grupos de riesgo por edad o patología.

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