Navarra
El Gobierno modifica su ley reguladora para evitar el lenguaje sexista
Se sucederá a lo largo de todo el texto la mención a ambos géneros


Actualizado el 26/12/2018 a las 13:35
El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión de este miércoles, la última de 2018, una modificación de la Ley Foral del Gobierno de Navarra para evitar el lenguaje sexista.
En este sentido, la consejera de Presidencia, María José Beaumont, ha indicado que además de adoptar un lenguaje inclusivo, el proyecto también se ocupa de la iniciativa legislativa y la potestad normativa.
El lenguaje no sexista se sucederá a lo largo de todo el texto y por lo tanto se hablará de presidenta y presidente, vicepresidenta y vicepresidente y consejera y consejero.
Beaumont ha comentado que la ley a derogar con esta nueva normativa recoge hasta 60 expresiones sexistas ya que hace un uso "único y constante" del masculino tanto en singular como en plural.
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Aprobada en 2004, ha subrayado que "es una norma paradigmática de la falta absoluta de visibilidad de la mujer, de la utilización de un lenguaje sexista y excluyente que transmite una idea clara: que los sujetos que ocupaban cargos superiores en la Administración eran hombres".
Por tanto el Gobierno ha considerado necesario hacer "efectivo y visible" el trato de las mujeres en igualdad, rechazando que el masculino sea el genérico que englobe ambos sexos, y de hecho el nuevo texto antepone la prelación femenina sobre la masculina para dar visibilidad a la mujer y seguir al mismo tiempo un orden alfabético.
El proyecto de ley busca además reorganizar en una única norma las disposiciones sobre los procedimientos de tramitación en la iniciativa legislativa y en la potestad normativa y acomodar la normativa foral a las novedades de la legislación estatal.
De esta forma, el nuevo texto desarrolla el marco jurídico que regula la aprobación de Decretos-leyes Forales y la atribución de competencias reglamentarias al Gobierno y a las consejeras y consejeros.
En lo que se refiere a la figura del Decreto Ley, esta posibilidad está contemplada, para casos de extraordinaria y urgente necesidad, en la LORAFNA, pero no había sido desarrollada.
En segundo lugar, y respecto al ejercicio de la potestad normativa del Gobierno de Navarra, se regula la atribución de las respectivas competencias y la definición de cada una de las disposiciones y su ámbito sustantivo.