Consumidores
¿La ley no había puesto freno a las llamadas comerciales?
Una oferta de trabajo que resulta un fraude, una tarifa de móvil que rechazamos... Pero siguen llamando


Publicado el 15/02/2025 a las 05:00
Hay una jugosa oferta de trabajo esperándome. Eso me dice la voz femenina del contestador que me ha llamado once veces en dos días. La última llamada la recibo a las 20.57 horas, en plenas cena, el número es un móvil sin identificación geográfica. ¿Será una estafa, una llamada comercial o algo importante? En este caso, es lo primero. “Es un fraude. Llaman de manera indiscriminada, incluso a personas jubiladas o que ya tienen trabajo. No es un timo nuevo, pero sí está de moda ahora”, advierte Enrique García, portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Otro número desconocido, otro móvil. Cojo. Es una compañía telefónica ofreciéndome una oferta que rechazo de inmediato. Cuatro horas después, vuelve a llamar y otra vez a última hora de la tarde. Si no me interesa a la primera, menos aún a la tercera. Pero vuelve a llamar.
Consultamos a la OCU sobre estas indeseadas comunicaciones comerciales, a las que la Ley General de Telecomunicaciones de junio de 2023 puso freno. La normativa establece que solo se pueden recibir llamadas de este tipo si previamente la persona ha dado el consentimiento, mientras que antes de la aprobación de esta ley las compañías podían llamarte para venderte sus productos y servicios siempre y cuando “no te hubieses opuesto a recibirlas”. El cambio es sustancial. Pero la sensación de la gente es que llaman tanto como antes, si no más.
Aporta un par de datos al respecto la OCU: nueve de cada diez personas ha recibido alguna llamada comercial no deseada en el último mes y un 25% ha recibido más de diez. Pero, ¿quién llama? “Las firmas de telecomunicaciones, de energía y de servicios financieros, por este orden, copan el 90% de este tipo de llamadas”.
-¿Es legal que nos llamen tres veces en un día pese a haber rechazado la oferta la primera vez?
-Muchas veces damos nuestro consentimiento sin saberlo, marcando la x en una casilla de las normas generales al contratar un servicio. No sabemos que con ese gesto estamos permitiendo que esa empresa nos haga ofertas comerciales. No solo eso, a veces lo que aceptamos sin ser conscientes de ello es que esa firma venda nuestros datos a terceros para que otras nos hagan llegar también sus ofertas -explica García-.
Añade que también es legal que nos llamen “si hemos sido clientes de ellos en el último año”. Es lo que se llama interés legítimo, pero también tiene sus fronteras delimitadas, advierten desde la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). “Para que la empresa pueda justificar su interés legítimo en hacerte llamadas comerciales debes haber tenido una relación previa habiendo adquirido sus productos o servicios y, además, los que quiera ofrecerte deben ser similares a los que hubieras contratado antes”.
Es decir, si no hemos dado nuestro consentimiento previo o no hemos adquirido ningún producto o servicio de esa compañía en los últimos doce meses no nos pueden llamar. Pero lo hacen. “Muchos se saltan la ley. Para saber si estamos ante un caso de esos, conviene ‘apretarles’, pedirles que se identifiquen, que te indiquen cómo han accedido a tus datos personales. Cuando no tienen autorización para llamar suelen colgar en cuanto empiezas a interrogarles”, orientan desde la OCU.
Claro que antes de que cuelguen ellos, es probable que cuelgues tú.”«Los comerciales que llaman están entrenados. Por eso, aunque les digas que no te interesa, insisten: ‘¿cómo sabe que no le interesa si no le he explicado aún la oferta?’, ‘¿de verdad que no quiere ahorrarse 50 euros al mes en la factura?’…”.
Aunque la ley protege al consumidor de estas molestas comunicaciones comerciales, en la práctica es difícil esquivarlas salvo que se tenga un teléfono que identifique esa llamada como spam. Pero existen cauce legales para ponerles freno.
LISTA ROBINSON
Es un servicio online al que te puedes apuntar para evitar recibir publicidad de entidades o empresas a las que no hayas dado consentimiento expreso para ello. Al inscribirse se debe indicar por qué medios no se quiere recibir publicidad: teléfono, correo postal, correo electrónico o SMS/MMS. Hay que ser mayor de 14 (si es menor deben hacerlo los padres o tutores). “Las empresas tienen la obligación de consultar esta lista”, advierten en la web.
OJO CON MARCAR LA X
Desde la OCU recomiendan “prestar atención a las autorizaciones, tanto a las que damos para que se pongan en contacto con nosotros telefónicamente, como las que autorizan a ceder los datos”.
PIDE QUE SE IDENTIFIQUEN
Desde la Agencia Española de Protección de Datos recuerdan que al inicio de cada llamada deberán informarte de quién llama, la finalidad comercial de la llamada “y la posibilidad de revocar el consentimiento o ejercer el derecho de oposición”. Además, “la ley obliga a que todas estas llamadas sean grabadas”.