Justicia
Telemadrid, condenada a pagar 130.000 euros a Georgina Rodríguez y su hermana
La Audiencia Provincial de Madrid confirma que el programa 'Aquí hay madroño' infringió los derechos de imagen e intimidad de la pareja de Cristiano Ronaldo y su familia en 2018, antes de alcanzar notoriedad pública


Actualizado el 30/12/2025 a las 08:10
La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la condena a la cadena autonómica Telemadrid obligándola a indemnizar con 130.000 euros a Georgina Rodríguez y a su hermana, tras considerar probado que el programa 'Aquí hay madroño' vulneró la intimidad y la imagen tanto de las demandantes como de su padre, fallecido en 2019. La sentencia considera que, en los reportajes emitidos por la cadena madrileña en 2018, no existía justificación suficiente para tratar aspectos privados relacionados con la familia de Rodríguez, dado que en esas fechas ni ella ni sus familiares eran figuras públicas ni tenían seguimiento relevante en redes sociales.
En el fallo, hecho público tras el recurso presentado por el despacho AVERUM, los jueces destacan que las informaciones ofrecidas, así como las imágenes y testimonios empleados, carecían de contrastación y rigor, y que las demandantes no tenían relevancia pública en el momento de la emisión de los reportajes. Los hechos juzgados corresponden a emisiones de finales de 2018, cuando Georgina Rodríguez ya mantenía una relación con Cristiano Ronaldo, pero aún estaba lejos de contar con la proyección mediática que posee en 2025, donde supera los 72 millones de seguidores en Instagram y protagoniza un reality de éxito en Netflix.
La sentencia, confirmando el pronunciamiento previo del Juzgado de Pozuelo de Alarcón, incide en que la cobertura realizada por 'Aquí hay madroño' profundizó en la vida privada de la familia Rodríguez, incluyendo testimonios de supuestos allegados cuya identidad y relación verdadera con las demandantes ni siquiera fue acreditada.
INFORMACIONES "NO VERACES Y SIN CONTRASTAR"
Los magistrados subrayan que, ante la ausencia de interés informativo relevante, invadir el entorno familiar de Georgina Rodríguez no estaba justificado. Las informaciones, además, se califican de "no veraces y sin contrastar", recalcando que lo narrado se apoyaba en "meras elucubraciones" y "veladas insinuaciones".Recurso de Telemadrid ante el Tribunal Supremo
Tras este revés judicial, Radio Televisión Madrid ha elevado la reclamación ante la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, intentando revertir la indemnización. La defensa de la cadena autonómica alegó que la sentencia daba peso al derecho al honor más allá de la intimidad y la imagen, y argumentaba que Rodríguez ya era una figura seguida en redes sociales. No obstante, los tribunales han insistido en que, en 2018, su biografía personal y la de su círculo familiar "no eran noticiables" y carecían de interés general para la opinión pública.
El importe fijado por la justicia suma en total 130.000 euros: 80.000 para Georgina Rodríguez y 50.000 euros más a repartir entre ella y su hermana, en concepto de daños derivados de la divulgación de datos e imágenes sobre su padre, fallecido al inicio de 2019. El auto también advierte sobre la especial relevancia de que estos contenidos fueran emitidos por una televisión pública, subrayando la falta de veracidad y rigor en la recogida de información y la utilización de testimonios cuya vinculación real nunca fue acreditada. El programa 'Aquí hay madroño' dejó de emitirse en marzo de 2020, tras diversas polémicas y críticas a sus prácticas informativas.