Seguridad social
El Gobierno amplía la viudedad a las parejas sin formalizar pero con hijos y crea una baja por menopausia
Mejora las ayudas para el cuidado de menores con enfermedades graves, refuerza la protección a las víctimas de violencia de género y triplica la cuantía máxima del anticipo por impago de alimentos


Publicado el 21/10/2026 a las 05:00
La pensión de viudedad se amplía a parejas con hijos aunque no se hayan registrado y las mujeres tendrán derecho a una baja médica por menopausia. A menos de mes y medio de las elecciones y sin el visto bueno de los agentes sociales, el Gobierno dio este martes luz verde a una amplia batería de reformas entre las que también están incluidas la mejora de las prestaciones por cuidado de hijos con enfermedades graves, una mayor protección a las víctimas de violencia de género y hasta 300 euros por impago de pensión alimenticia, una cuantía que triplica a la actual.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra Elma Saiz defendió el paquete como una respuesta a situaciones desprotegidas, pero el movimiento escenifica el primer capítulo de los 'martes sociales' con los que el Ejecutivo busca reactivar su agenda antes de las urnas con promesas largamente pospuestas, unas promesas que ha reunido en un único texto que ahora deberá someter a la convalidación de la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados.
En el caso de la pensión de viudedad, el decreto permite que las parejas de hecho con hijos en común accedan a la prestación acreditando únicamente dos años de convivencia estable, suprimiendo la obligación de figurar en un registro específico o haber formalizado la unión en escritura pública. Además, permitirá revisar durante los próximos 12 meses las solicitudes que fueron denegadas por este motivo. Lejos de ser un planteamiento inédito, la medida rescata una fórmula que Seguridad Social ya trasladó a los sindicatos y a la patronal en octubre de 2025 -cuando planteaba cinco años de convivencia o descendencia compartida- y que volvió a incorporar sin éxito en otro borrador durante las conversaciones sobre incapacidad temporal del pasado verano.
El paquete introduce también un supuesto específico de incapacidad temporal para las trabajadoras con síntomas incapacitantes derivados de la menopausia, sin exigir cotización previa y con una retribución equivalente al 60% de la base reguladora hasta el día veinte y del 75% a partir del día 21, corriendo la empresa únicamente con el primer día de salario y asumiendo la Seguridad Social el resto. En ambos casos, la prestación tendrá unas condiciones económicas más favorables que las previstas para una baja por contingencias comunes.
La misma cobertura se aplicará a las bajas de empleadas por lesiones provocadas por la violencia machista, un punto que también recupera una promesa que hizo el Ejecutivo el 8 de marzo de 2024, aunque en aquel momento anunció una retribución del 75% desde la primera jornada y el texto actual la rebaja al 60% durante las tres primeras semanas. Aquel compromiso quedó vinculado al anteproyecto de la ley integral contra la trata, cuya tramitación se dilató en la Cámara Baja durante más de dos años sin llegar a ver la luz.
Otra de las modificaciones de calado interviene sobre la prestación por cuidado de menores con cáncer u otras patologías graves (CUME), en la que se habilita por primera vez a ambos progenitores a percibir la ayuda y reducir su jornada de forma simultánea, a la par que se suprime el límite de 26 años si el paciente presenta un grado III de dependencia o gran discapacidad.
La reactivación de compromisos pendientes se hace extensible al Fondo de Garantía del Pago de Alimentos para menores cuyos progenitores incumplen las pensiones judiciales tras un divorcio o una separación. El decreto triplica el tope del anticipo mensual, pasando de 100 a 300 euros y prolongando su periodo de cobro, una actualización que el Congreso ya había instado a acometer a finales de 2024 a raíz de los informes del Tribunal de Cuentas. Además, el texto aumenta la prestación por orfandad cuando el fallecimiento de la mujer se haya producido por violencia machista hasta los 2.442 euros al mes, el equivalente a dos salarios mínimos, la misma cuantía de las pensiones extraordinarias por terrorismo.
El decreto también incorpora un supuesto específico de incapacidad temporal para las personas afectadas por catástrofes. La medida permitirá equiparar su protección a la prevista para los accidentes de trabajo, con las mejoras económicas correspondientes y sin exigir un periodo previo de cotización. Hasta ahora, esta cobertura se había aplicado de forma excepcional en situaciones como la dana. Con la nueva regulación, el Gobierno pretende que pueda utilizarse también ante futuras catástrofes como las que está sufriendo actualmente la Comunidad Valenciana, sin tener que recurrir a una medida extraordinaria cada vez que se produzca una emergencia de este tipo y que se aplicará tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos.
El Consejo de Ministros también aprobó nuevas medidas para proteger a los trabajadores expuestos al amianto, el plomo y los diisocianatos, sustancias que pueden provocar cáncer, problemas de fertilidad y enfermedades respiratorias. En concreto, la reforma endurece los límites de exposición al amianto, mejora los métodos para detectar sus fibras y refuerza los controles a las empresas que trabajan con este material. También obliga a mejorar la formación de los empleados y amplía el seguimiento médico de quienes hayan estado expuestos.
Los cambios afectan también a sectores como la construcción, la metalurgia, el reciclaje de baterías y la fabricación de espumas, adhesivos y pinturas, donde puede haber exposición al plomo o a los diisocianatos. Estas sustancias pueden causar daños en la fertilidad y el desarrollo, además de enfermedades como el asma profesional. Con esta actualización, el Ejecutivo adapta la normativa española a las exigencias europeas y busca reducir los riesgos para la salud en el entorno laboral.