Galicia
Herencia de un piso en Ourense para la Asociación contra el Cáncer y Psiquiatría del CHUO
El Sergas y la AECC deben acordar la gestión del inmueble valorado en 92.337 euros legado por una mujer fallecida en 2023


Actualizado el 09/09/2026 a las 10:51
Una mujer fallecida en enero de 2023 ha dejado en herencia un inmueble situado en el barrio de O Vinteún de Ourense, valorado en 74.000 euros, junto con un saldo bancario de aproximadamente 18.300 euros. El Consello de la Xunta autorizó este lunes al Servizo Galego de Saúde (Sergas) para que acepte la mitad de esta herencia, que suma un total de 92.337 euros. Los herederos universales designados, a partes iguales, son la Asociación Española Contra el Cáncer de Ourense y el servicio de Psiquiatría del Complexo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO).
Dado que los servicios hospitalarios carecen de personalidad jurídica propia, corresponde al Sergas asumir formalmente ese legado en representación del servicio de Psiquiatría del CHUO, según explicó la Xunta en su comunicado oficial. La distribución del patrimonio implica que cada una de las partes recibirá bienes valorados en algo más de 46.000 euros, una cantidad que deberán gestionar de manera coordinada para maximizar su impacto social y asistencial.
Una vez formalizada la aceptación de la herencia, ambas instituciones tendrán que establecer los mecanismos de coordinación necesarios para determinar el destino final del inmueble heredado. La complejidad radica en que el inmueble se encuentra a nombre conjunto de dos entidades con finalidades y estructuras organizativas diferentes, lo que requerirá negociaciones y acuerdos formales entre las partes implicadas.
Opciones de gestión del inmueble heredado
Según recoge el acuerdo aprobado por el Consello de la Xunta, el Sergas tendrá que coordinarse con la Asociación Española Contra el Cáncer de Ourense para determinar las actuaciones necesarias respecto al piso heredado. En relación con la vivienda, ambas partes tendrán que firmar un convenio que especifique la estrategia a seguir con el bien inmueble.
Las alternativas sobre la mesa son variadas. Por un lado, existe la posibilidad de darle utilidad al inmueble destinándolo a estancias para pacientes, lo que podría beneficiar directamente a personas en tratamiento oncológico o psiquiátrico que necesiten alojamiento temporal cerca del hospital. Esta opción requeriría inversión en acondicionamiento y gestión continuada del espacio.
Por otro lado, ambas instituciones valoran la opción de vender el piso para disponer de fondos líquidos para algún fin social vinculado a sus respectivas actividades asistenciales. Esta alternativa permitiría una mayor flexibilidad en la utilización de los recursos, aunque implicaría renunciar a la posesión de un activo inmobiliario que podría revalorizarse con el tiempo.
La decisión final dependerá de las necesidades prioritarias de ambas entidades y de un análisis pormenorizado de coste-beneficio que deberá realizarse en los próximos meses. Fuentes próximas al proceso señalan que la negociación podría prolongarse varias semanas debido a la necesidad de consensuar criterios entre organizaciones con estructuras y prioridades diferentes.
Gestión centralizada desde la sede de Madrid
Desde la delegación ourensana de la Asociación contra el Cáncer han confirmado que, como ocurre con otro tipo de donaciones y legados testamentarios, la gestión será asumida por los servicios jurídicos centrales de la entidad con sede en Madrid. Este departamento centralizado cuenta con experiencia en la tramitación de herencias y donaciones, garantizando un procedimiento uniforme y profesionalizado.
Los representantes de la asociación en Ourense han explicado que el proceso habitual incluye una valoración exhaustiva de los bienes recibidos, el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales derivadas de la herencia y, finalmente, la toma de decisiones estratégicas sobre el destino de los recursos. En este caso concreto, la particularidad de compartir la herencia con el Sergas añade una capa adicional de complejidad que requerirá coordinación entre los servicios jurídicos de ambas organizaciones.
La Asociación Española Contra el Cáncer gestiona anualmente múltiples donaciones y legados en toda España, que constituyen una fuente importante de financiación para sus programas de apoyo a pacientes, investigación oncológica y sensibilización social. Sin embargo, recibir un inmueble completo en herencia es poco habitual, lo que convierte este caso en excepcional dentro de la trayectoria de la organización en Galicia.
Un precedente en Verín hace tres décadas
Este no es el primer inmueble que la Asociación contra el Cáncer recibe en herencia en la provincia de Ourense. Según confirmaron fuentes de la entidad, este es el segundo piso recibido por el colectivo en las últimas tres décadas en territorio ourensano. El anterior estaba ubicado en la localidad de Verín y fue gestionado siguiendo procedimientos similares a los que ahora deberán aplicarse con el inmueble de la capital provincial.
Aunque los detalles específicos sobre el caso de Verín no han trascendido públicamente, la experiencia previa proporciona un marco de referencia para abordar la situación actual. La gestión de aquel inmueble sirvió para establecer protocolos internos que ahora facilitarán la toma de decisiones respecto al piso del barrio de O Vinteún.
No es infrecuente que pacientes oncológicos que han recibido apoyo de la asociación decidan acordarse del colectivo a la hora de repartir sus bienes en herencia. Este gesto refleja el agradecimiento por la labor asistencial, psicológica y social que la entidad proporciona durante procesos tan difíciles como el tratamiento del cáncer. Sin embargo, lo habitual es recibir donaciones económicas o bienes muebles, siendo excepcionales los casos en los que se legan propiedades inmobiliarias.
La Asociación Española Contra el Cáncer en Ourense
La Asociación Española Contra el Cáncer (AECC) es una entidad sin ánimo de lucro fundada en 1953 que trabaja en toda España en la lucha contra el cáncer mediante la prevención, la investigación, el apoyo a pacientes y familiares, y la sensibilización social. La delegación de Ourense forma parte de la estructura territorial de la organización en Galicia, prestando servicios directos a personas afectadas por enfermedades oncológicas en la provincia.
Entre sus servicios destacan la atención psicológica gratuita, el apoyo social, programas de acompañamiento, ayudas económicas para tratamientos y desplazamientos, y actividades de promoción de hábitos saludables. La entidad se financia principalmente a través de cuotas de socios, donaciones particulares, subvenciones públicas y, ocasionalmente, herencias como la que ahora ha recibido.
En Galicia, la AECC cuenta con delegaciones en las cuatro provincias y mantiene una colaboración estrecha con el Sergas y los diferentes complejos hospitalarios universitarios. Esta relación institucional facilita la coordinación en casos como el presente, donde ambas entidades deben trabajar conjuntamente para gestionar un legado compartido.
Detalles sobre el patrimonio heredado
La herencia completa está compuesta principalmente por un inmueble situado en el barrio de O Vinteún de Ourense, una zona residencial de la ciudad con buenas comunicaciones y servicios. El valor de referencia del piso es de 74.000 euros, según la tasación incluida en la documentación presentada ante el Consello de la Xunta.
Además del inmueble, la herencia incluye un saldo bancario de aproximadamente 18.300 euros, lo que eleva el patrimonio total a 92.337 euros. Esta cifra representa la valoración global de los bienes dejados por la donante, quien falleció en enero de 2023 y que decidió nombrar herederos universales, a partes iguales, a las dos instituciones mencionadas.
La división equitativa implica que tanto el Sergas como la AECC recibirán bienes valorados en 46.168,50 euros cada uno. Sin embargo, dado que el principal activo es un inmueble indivisible, será necesario establecer fórmulas de copropiedad o, alternativamente, proceder a su venta para repartir el importe resultante entre ambas partes.
Aspectos legales y fiscales de la herencia
La aceptación de una herencia por parte de organismos públicos como el Sergas requiere autorización expresa del gobierno autonómico, tal como establece la normativa vigente en materia de patrimonio público. Esta es la razón por la que el Consello de la Xunta tuvo que dar luz verde formalmente a la operación este lunes, permitiendo así que el Servizo Galego de Saúde pueda aceptar legalmente su parte del legado.
Por su parte, la Asociación Española Contra el Cáncer, como entidad privada sin ánimo de lucro declarada de utilidad pública, dispone de mayor autonomía para aceptar donaciones y herencias, aunque igualmente debe cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes, incluyendo el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, del cual puede estar exenta o bonificada según la legislación gallega aplicable a entidades de su naturaleza.
Ambas instituciones deberán liquidar los impuestos correspondientes y formalizar la inscripción registral de los bienes heredados. Este proceso administrativo puede prolongarse varios meses hasta su completa resolución, especialmente si se decide mantener la copropiedad del inmueble o si, por el contrario, se opta por su venta, lo que requeriría trámites adicionales.
¿Qué ocurre cuando se hereda a medias un inmueble?
Cuando dos entidades heredan conjuntamente un inmueble, se establece legalmente una situación de comunidad de bienes o copropiedad, donde ambas partes tienen derechos idénticos sobre la totalidad del bien. Ninguna de las dos puede disponer unilateralmente del inmueble sin el consentimiento de la otra, lo que obliga a tomar decisiones consensuadas sobre su destino.
Las opciones legales disponibles incluyen mantener la copropiedad y explotar conjuntamente el bien, establecer un convenio de uso compartido, que una parte compre la participación de la otra, o proceder a la venta del inmueble y repartir el importe obtenido. En caso de desacuerdo irreconciliable, cualquiera de las partes podría solicitar judicialmente la división de la cosa común, aunque esta vía suele ser el último recurso.
En el caso concreto del Sergas y la AECC, lo previsible es que ambas instituciones alcancen un acuerdo amistoso que maximice el beneficio social del legado recibido, bien mediante su uso directo para fines asistenciales, bien mediante su conversión en recursos económicos aplicables a programas específicos de atención a pacientes oncológicos o psiquiátricos.
¿Cómo se gestionan las donaciones hospitalarias en Galicia?
El Servizo Galego de Saúde recibe periódicamente donaciones, tanto económicas como en especie, destinadas a servicios o unidades específicas de los complejos hospitalarios gallegos. Cuando un particular desea beneficiar a un servicio concreto, como en este caso el de Psiquiatría del CHUO, el Sergas actúa como receptor legal del legado debido a que los servicios hospitalarios carecen de personalidad jurídica independiente.
Una vez aceptada la donación o herencia, el Sergas tiene la obligación de destinar los recursos recibidos al fin específico establecido por el donante. En este caso, los fondos o bienes correspondientes a la mitad de la herencia deberán aplicarse a mejoras, equipamiento o programas relacionados con el servicio de Psiquiatría del hospital ourensano.
La Xunta de Galicia cuenta con protocolos establecidos para la gestión de este tipo de legados, garantizando la transparencia en su uso y el cumplimiento estricto de la voluntad del donante. Los bienes recibidos se integran en el patrimonio público y quedan sujetos a las normas de contabilidad y control aplicables a las instituciones sanitarias públicas.