Tribunales

Una víctima de violación infantil habla ocho años después y logra la condena de su agresor

Un tribunal encuentra que el testimonio, única prueba de la agresión sexual, era persistente y verosímil, a pesar del paso del tiempo y sentencia a una pena de diez años de prisión

DIBUJO DE MAZO, MAZA DE JUEZ PARA ILUSTRAR ARTICULO TITULADO "LA REFORMA PENDIENTE DE LA JUSTICIA".
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Maza de juezALBERTO ERRO
DIBUJO DE MAZO, MAZA DE JUEZ PARA ILUSTRAR ARTICULO TITULADO "LA REFORMA PENDIENTE DE LA JUSTICIA".

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Agencia Colpisa

Publicado el 09/08/2026 a las 05:00

Habían pasado ocho años desde que el acusado violó a una niña de doce años en el baño de su casa, donde la niña, amiga de su hijo de diez, se quedó a dormir. Esa noche permaneció oculta en la mente de la víctima, que no había hablado de aquella agresión sexual hasta que comenzó a ir a la psicóloga. Pero había pasado mucho tiempo, sería su palabra contra la del agresor, y ella, además, vive en Francia. Sin embargo, interpuso la denuncia en un tribunal español y la Audiencia Provincial de Cádiz dictó sentencia este mes en un juicio por un delito de agresión sexual sobre menor de dieciséis años. 

La niña, nacida en 2006, pasaba vacaciones en una casa que sus abuelos habían comprado en un pueblo de costa andaluz. Sus abuelos pasaban temporadas allí y habían amistado con una familia. El hombre, la mujer y dos hijos, uno de diez años y otro de meses, con quienes hacían planes, como cenas, en las que incluían a la nieta, cuando ella les visitaba para disfrutar el verano, en la casa que habían comprado en 2014. La niña, de doce, y el niño, de diez se habían hecho amigos. Invitaron una noche a que la niña cenara con ellos, "para que jugara" con el niño, y luego el hombre llamó a los abuelos para preguntarles si la niña podía dormir en su casa. La abuela, que contestó, accedió, indican los hechos probados de la sentencia del 8 de junio.

Llegó la hora de dormir, todos se acostaron en la misma cama y el hombre "con intención de satisfacer sus deseos sexuales, comenzó a tocar las nalgas y los pechos de por encima de su ropa, lo que provocó que ésta se despertase. Pese a que se dio la vuelta y retiró la mano del procesado para que dejase de tocarla, el procesado siguió tocándole las nalgas y los pechos, lo que motivó que saliera de la cama y se fuera al cuarto de baño".

Allí el acusado la violó y la amenazó con un cuchillo: la mataría si hablaba, una "intimidación" para "conseguir que la menor guardara silencio", indica el tribunal. Los recuerdos florecieron en 2022, cuatro años después, con la menor en plena adolescencia, transitando la vida con un trauma silenciado que repercutía en su rendimiento escolar y en su comportamiento, según la documentación aportada en el juicio. Incluso un intento de suicidio con ingesta de paracetamol en 2023. Ese año fue cuando le relató a su psicóloga aquella noche, mientras su madre escuchaba tras la puerta.

La madre, después de conocer lo que había pasado, decidió poner una denuncia en la Gendarmeria de Saint Jean de Vedas (Francia), donde no progresó, antes de recurrir a la justicia española, donde la ley permite presentar denuncia sin que prescriba un delito como éste hasta que la víctima cumple 55 años.

En este caso, el tribunal condenó al acusado a diez años de prisión. "Sinceramente, todavía es demasiado reciente para saber si esto me ha aliviado. Sin embargo, estoy contenta porque puede evitar que les ocurra lo mismo a otras víctimas", dice la víctima a este periódico a través de su abogada Inés Alba Palerm. "Considero que la justicia española es mucho más justa que la justicia francesa. No obstante, sigo pensando que 10 años y medio de prisión y 9.000 ? de indemnización es muy poco para compensar los daños morales y físicos que todo esto me ha causado".

Ahora bien, la única prueba era el testimonio de la víctima, entonces de 12 años, sobre un hecho ocurrido varios años antes. "La prueba incriminatoria fundamental en el presente caso es el testimonio de la víctima de los hechos, como suele suceder en los hechos enjuiciados que se caracterizan por su ejecución en espacios privados y en los que el agresor, como aquí ocurre, los niega", avisa el tribunal. "Es preciso extremar las cautelas al analizar la fiabilidad del testimonio de la víctima", porque "un relato incriminatorio coherente pero falso, erróneo o incierto, pudiera provocar la condena de un inocente".

El agresor negaba lo sucedido y señalaba que la idea de que la menor durmiera en su casa había sido de los abuelos. Su pareja sentimental le apoyaba. Su defensa se empleó a fondo para desacreditar el relato de la víctima. El acusado esgrimió que la niña tenía celos de la relación que tenían con el abuelo, que la niña había "ideado" esa agresión "para ocultar ante su padre su pérdida de virginidad" con un novio o que había dormido en el sofá.

La víctima mantuvo un testimonio que ya había referido al menos dos veces antes, ante las autoridades francesas y en terapia: que después de manosearla en la cama, "el procesado la siguió al cuarto de baño ella le pidió en español que parara y a que cuando el procesado la arrojó al suelo le cogió las piernas y se las levantó para penetrarla y le puso la mano en la boca para que no despertara a su mujer y a sus hijos e indicó que al volver el procesado al cuarto de baño con el cuchillo". Luego hizo que se vistiera y se fue. Ella "apenas lloró contenida en el cuarto de baño". La defensa "cuestionó la fiabilidad del relato" al señalar que se contradijo en el lugar donde le hincó el cuchillo, si el cuello o el vientre; por la posición que tenía al dormir, si al lado del niño o del padre, o de que el agresor no podía quitarle la ropa si al mismo tiempo ponía la mano en su boca.

Y el juzgado entró a deliberar. Todo se basaba en el análisis de los hechos, contados por ella, refutados por él. En la sentencia se valora que el testimonio tiene dos factores que le otorgan credibilidad. Uno es la "persistencia en la incriminación" de los tocamientos, la penetración y la amenaza, y la insistencia en lo "sustancial" con una "única versión". Dos, la "verosimilitud de la declaración", en la que otras declaraciones corroboraron algunos detalles previos y posteriores, la agresión tuvo consecuencias documentadas incluso en un historial médico. El tribunal no apreció contradicciones.

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