Custodia
Juana Rivas entrega a su hijo menor en el punto de encuentro donde le espera el padre
El Constitucional inadmite el recurso contra la orden de entrega y dice que se trata de una demanda prematura porque aún hay un recurso pendiente en la Audiencia de Granada


Actualizado el 22/07/2025 a las 12:01
El hijo menor de Juana Rivas ha sido entregado en el punto de encuentro familiar donde le espera el padre, el italiano Francesco Arcuri, que tiene la custodia, para su traslado al país alpino, tras inadmitir a trámite el Tribunal Constitucional la solicitud de suspensión de la medida solicitada este pasado lunes por la progenitora.
La madre de Maracena (Granada) fue condenada a dos años y medio después de que en verano de 2017 pasara un mes en paradero desconocido con sus dos hijos incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a entregárselos al padre.
Francesco Arcuri es investigado por la autoridad judicial en Italia por supuestos malos tratos en el ámbito familiar tras las denuncias de Rivas. No obstante, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Granada, con competencias en la jurisdicción de lo civil, rechazó la petición de la madre de Maracena para suspender la entrega en tanto no se resuelva ese proceso.
En una calle cortada al tráfico por la expectación entre medios de comunicación y curiosos, el niño ha llegado de la mano de su madre, familiares y miembros de su equipo jurídico, abrazada de Paqui Granados, del Centro de Información a la Mujer de Maracena.
Llorando, a las puertas del punto de encuentro, antes de encontrarse con su padre, ha manifestado el miedo que le producía la vuelta por que le pudieran "matar". Lo ha hecho en presencia de su hermano, ya mayor de edad y residente en España.
El menor ha entrado en el punto de encuentro familiar en el entorno del centro de Granada, donde lo esperaba el padre, Francesco Arcuri, sobre las 11,00 horas, cuando finalizaba el tiempo dado por la autoridad judicial para la entrega, que empezaba a las 10,00 horas. En todo momento han estado acompañado de la directora general de Derechos de la Infancia y Adolescencia, Sandra Gómez de Garmendia, y miembros de la plataforma de apoyo a Juana Rivas y 25N/8M.
La llegada en torno a las 10,45 horas se ha producido entre peticiones de respeto a la prensa para el menor y la madre, en medio de momentos de tensión. El Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada emplazaba la semana pasada a Rivas a dar cumplimiento a la orden de reintegro de su hijo menor, que ha permanecido en España con ella desde finales del pasado año tras denunciar presuntos malos tratos del progenitor.
Este Juzgado de Familia, en un auto de instancia y no de instrucción, no abordando una decisión suya sino la ejecución de la que tomara en su día el tribunal italiano, desestimaba la última petición de Rivas de escuchar al menor antes de ejecutarse la resolución italiana que exige la vuelta del niño con el padre.
Lo hacía "no porque no tenga éste una edad adecuada o suficiente juicio" o "porque no deba ser oído un menor en relación con las medidas que le afectan, sino porque la audiencia del menor no es un medio de prueba sino una diligencia que no resulta inocua para éste y de la que, por ende, no se debe abusar".
"Se estima que la ejecución del decreto del Tribunal de Apelación de Cagliari que concede al padre la guarda y custodia sobre el menor y ordena la restitución del mismo a su país de residencia habitual, no es contraria al orden público español ni al superior interés" del niño, añadía.
El pasado enero la autoridad judicial suspendía en Granada de forma provisional el regreso a Italia del niño tras las vacaciones de Navidad. Lo hizo a raíz de que el menor declarara haber sufrido presuntos episodios de violencia física y psíquica por parte de su padre y narrara "el terror" de regresar a su lado.
La Audiencia de Granada confirmaba el pasado marzo el auto del Juzgado de Instrucción número 9 de la capital granadina que acordó en febrero la remisión del expediente judicial del hijo menor de Rivas a la corte de la ciudad italiana de Cagliari para que se siguieran investigando los presuntos malos tratos que denunció que el menor habría recibido de su padre.
En abril de 2021, el pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó la condena a Juana Rivas por delito de sustracción de menores, después de que en verano de 2017 pasara un mes en paradero desconocido con sus dos hijos incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a entregárselos al padre, pero reducía
El Constitucional inadmite el recurso de Juana Rivas contra la orden de entrega de su hijo al padre en Italia
El Tribunal Constitucional (TC) ha inadmitido a trámite el recurso de amparo presentado por Juana Rivas contra la orden de entrega de su hijo menor al padre, el italiano Francesco Arcuri, que fue dictada por la Corte de Apelación de la ciudad de Cagliari (Italia) en el proceso por el que se ha resuelto mantener al menor bajo la custodia de éste.
Según ha informado el TC, los magistrados de la Sección Segunda del TC José María Macías --como ponente--, Ricardo Enríquez y Juan Carlos Campo, que se han reunido de urgencia este martes para tratar este asunto, lo han desestimado por unanimidad por falta de agotamiento de la vía judicial y por carecer de especial trascendendia constitucional.
Rivas, representada por Aránguez Abogados, pidió en su recurso una medida cautelarísima para suspender la orden de entrega del menor, pero al desestimarse la impugnación, esta petición también queda rechazada.
Los magistrados han considerado, por un lado, que se trata de una demanda prematura porque la resolución judicial que puso fin al incidente de ejecución impugnado no es firme, puesto que ha sido recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial de Granada y el recurso no se ha resuelto.
En este sentido, explican que el lunes la Audiencia Provincial se limitó a denegar la medida cautelar que buscaba suspender la orden de entrega del menor que dictó el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada para dar cumplimiento a la decisión de los jueces de Italia.
La corte de garantías expone, en una nota informativa, que el requisito de que se haya agotado la vía ordinaria es indispensable para que el Constitucional pueda asumir el asunto, "con independencia de las concretas circunstancias del caso".
No obstante, el TC también aprecia una "falta de especial trascendencia constitucional" en el recurso planteado, otro "requisito objetivo que debe distinguirse de las presuntas vulneraciones alegadas".
En este sentido, la corte de garantías indica que "la demanda plantea cuestiones de legalidad ordinaria" y, respecto a las otras cuestiones planteadas, "existe ya doctrina constitucional que la propia parte invoca".
Por último, aprecia una "falta de requisitos formales" porque "no se ha acreditado el poder de representación del procurador". El TC explica que, "aunque el defecto es subsanable, no se ha considerado oportuno reclamar la subsanación por concurrir los otros dos impedimentos señalados, que no pueden ser subsanados".
La decisión del TC deja vía libre para que se produzca la entrega del menor, fijada para este martes entre las 10.00 y las 11.00 horas con la participación de un punto de encuentro familiar.
PRINCIPIO DE CONFIANZA ENTRE ESTADOS UE
Los magistrados de la Audiencia de Granada explicaron en su auto, consultado por Europa Press, que, en lo que concierne a los procedimientos de familia, impera la "ejecutividad inmediata" de las medidas acordadas "sin posibilidad de suspensión y sin necesidad de ejecución provisional o de ningún otro trámite".
En el marco del principio de confianza mutua entre estados europeos, "no podemos compartir el argumento que subyace en el planteamiento de la parte apelante, según el cual habría de aceptarse que el retorno del menor a Italia abocaría a la más completa desprotección del menor, por cuestionamiento de los mínimos estándares legislativos y jurisdiccionales en materia de protección de menores", dijeron.
Estos mínimos estándares, "por más que, hipotéticamente, a los meros efectos dialécticos y entrando en el terreno de lo meramente subjetivo u opinable, hubieran de tenerse como de peor condición con respecto a la normativa o la tutela jurisdiccional españolas, no por ello dejaría de obligarnos a operar conforme a las normas imperativas del derecho de la UE", añadía el auto en referencia a la investigación judicial que se sigue contra Arcuri por malos tratos en el ámbito doméstico en Italia tras las denuncias de Rivas.
Los magistrados señalaron que la cuestión debatida se refiere a un asunto en el que ha intervenido la Justicia de otro país miembro de la Unión Europea y, tras subrayar que la solicitud de suspensión hace mención "expresamente a la existencia de causa penal abierta ante tribunal europeo", concluyeron que "no existen motivos para la suspensión de la orden y medidas de cumplimiento acordadas por la resolución apelada".
En este punto, los magistrados insistieron en que "el armonioso y correcto funcionamiento de un espacio de justicia" en la Unión Europea "que respete los diferentes sistemas jurídicos y tradiciones de los estados miembros es vital" para la propia UE. "Procede, por lo tanto, reforzar la confianza mutua en los respectivos sistemas jurídicos", entendiendo que la resolución del tribunal italiano no conlleva la desprotección del menor.