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Las 9 razones por las que se puede acabar el subsidio por desempleo del SEPE

El agotamiento del periodo de prestación es solo una de ellas

Una oficina del SEPE del Barrio del Pilar en Madrid
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Hay nueve razones por las que una persona puede dejar de cobrar el subsidio por desempleo
Una oficina del SEPE del Barrio del Pilar en Madrid

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Inés PascalDN Contenidos

Publicado el 13/05/2024 a las 09:34

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece ayudas según las circunstancias socioeconómicas y laborales de cada ciudadano. Entre ellas destaca el subsidio por desempleo, que se dirige a todas aquellas personas que están desempleadas y han agotado la prestación contributiva o no tienen derecho a ella.

A pesar del apoyo que esto brinda, no es ilimitado, sino que puede terminarse por las siguientes nueve razones que recoge la página web del SEPE:

- Trabajo por cuenta ajena durante al menos 12 meses. Cuando se termine la relación laboral, podrás elegir entre reanudar la prestación que estabas percibiendo o comenzar a recibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones.

- Agotamiento del periodo de prestación.

- Imposición de sanciones por infracciones leves, graves y muy graves según lo establecido en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

- Trabajo por cuenta propia durante al menos 60 meses en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores del Mar.

- Cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. Si todavía no cuentas con el periodo de cotización exigido para la jubilación seguirás cobrando la prestación hasta alcanzarlo.

- Pasar a ser pensionista de jubilación o de incapacidad permanente en los grados de incapacidad permanente total para la profesión habitual, incapacidad permanente absoluta para todo trabajo o gran invalidez.

- Traslado al extranjero para buscar o realizar un trabajo, perfeccionamiento profesional o cooperación internacional por un periodo de al menos 12 meses.

- Renuncia voluntaria de la prestación.

- Fallecimiento de la persona beneficiaria.

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