Tráfico
Los cambios de la DGT en el carnet de conducir que afectan a los jubilados
La renovación del permiso a partir de los 65 años reduce sus plazos

- Diario de Navarra
Cumplir años afecta a las personas, pero más si nos referimos al ámbito de la seguridad vial. De hecho, según los últimos datos, un tercio de los fallecidos en la UE en accidente de tráfico son mayores de 65 años. Y en España la situación no difiere mucho, ya que el pasado año se dejaron la vida en las carreteras 1.145 personas, con otras 4.000 heridas.
Por ello la DGT quiere frenar los datos y, para ello, va a introducir cambios en el permiso de conducir que afecta a las personas que ya han cumplido los 65 años.
RENOVACIÓN DEL PERMISO CADA CINCO AÑOS
El plazo que las personas de más de 65 años tenían renovar el carnet de conducir era de diez años. Con los cambios anunciados, este período se reduce a la mitad. Los conductores veteranos deberán pasar cada cinco años si quieren seguir poseyendo el permiso, un período que se reduce a dos años cuando se han cumplido los 70 años.
Además, las personas de estas edades deberán someterse a pruebas físicas que analizarán las capacidades, los reflejos y la atención, pruebas que obviamente deberán superar con éxito. Con ellas se pretende garantizar la seguridad en la conducción y reducir al mínimo el riesgo de accidentes.
Existen efectos que se hacen notar con más intensidad con el paso de los años, como la dificultad para dividir la atención en dos o más tareas, los problemas de visión para leer carteles o señales, la disminución de reflejos o la pérdida de audición que pueden ser fatal al volante.
Esta medida no afecta a las enfermedades que suponen una causa de no renovación, aquellas por las que no se puede poseer el carnet de conducir por su gravedad y que se pueden comprobar en el anexo IV del Reglamento General de Conductores. Algunas de ellas son las neurológicas, los problemas graves de visión, dolencias cardíacas, respiratorias o mentales.