Ayudas

Subsidio por agotamiento con cargas familiares del SEPE: qué es, requisitos y cómo solicitarlo

Esta es la cuantía para las personas que opten a esta prestación

Dos personas entran a una oficina del SEPE de Puerta del Ángel, el día en el que se han presentado los datos de paro registrado y de afiliación a la Seguridad Social correspondientes al mes de julio, a 3 de agosto de 2021, en Madrid, (España). El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo (antiguo Inem) bajó en 197.841 desempleados en julio (-5,47%), lo que supone la mayor caída en cualquier mes de la serie histórica y supera las de los meses de mayo y junio que también cerraron con caídas récord, según datos publicados este martes por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

03 AGOSTO 2021;SEPE;PARO;DESCENSO MENSUAL;JULIO;DATOS;INEM;MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL;MADRID

Ricardo Rubio / Europa Press

Dos personas entran a una oficina del SEPE
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Dos personas entran a una oficina del SEPE en Madrid
Dos personas entran a una oficina del SEPE de Puerta del Ángel, el día en el que se han presentado los datos de paro registrado y de afiliación a la Seguridad Social correspondientes al mes de julio, a 3 de agosto de 2021, en Madrid, (España). El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo (antiguo Inem) bajó en 197.841 desempleados en julio (-5,47%), lo que supone la mayor caída en cualquier mes de la serie histórica y supera las de los meses de mayo y junio que también cerraron con caídas récord, según datos publicados este martes por el Ministerio de Trabajo y Economía Social.

03 AGOSTO 2021;SEPE;PARO;DESCENSO MENSUAL;JULIO;DATOS;INEM;MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL;MADRID

Ricardo Rubio / Europa Press

Dos personas entran a una oficina del SEPE

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Iñigo Alzueta

Publicado el 11/08/2023 a las 13:07

El SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) ofrece una serie de subsidios que el ciudadano puede solicitar por diferentes motivos. Si has agotado tu prestación contributiva y tienes responsabilidades familiares, puedes acceder a un subsidio por desempleo con responsabilidades familiares por agotamiento de la prestación contributiva, como informa este organismo en su página web.

¿Cuáles son los requisitos para percibirlo? Tienes que cumplir las siguientes condiciones, según indica el portal online del SEPE.

- Estar en desempleo.

- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante el periodo de un mes desde el agotamiento de la prestación (fecha en que finaliza la prestación concedida, que siempre será anterior a la fecha del último cobro de la prestación), sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberte negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde el agotamiento de la prestación contributiva. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.

- Suscribir el acuerdo de actividad.

- Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.

- Tener responsabilidades familiares.

- Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año). Las rentas se computarán por su rendimiento íntegro o bruto. El rendimiento que proceda de actividades empresariales, profesionales, agrícolas, ganaderas o artísticas, se computará por la diferencia entre los ingresos y gastos necesarios para su obtención. Las ganancias patrimoniales se computarán por la diferencia entre las ganancias y las pérdidas patrimoniales.

Los requisitos deberán reunirse en el momento del hecho causante, y además, en el de la solicitud del subsidio, así como en el de la solicitud de sus prórrogas o reanudaciones y durante toda la percepción del subsidio.

Si no reúnes los requisitos de carencia de rentas, o en su caso, de responsabilidades familiares, podrás obtener el subsidio si, dentro del plazo de un año desde la fecha del hecho causante, acreditas que los cumples.

Se considera como fecha del hecho causante aquella en la que se cumpla el plazo de espera de un mes o la del agotamiento del derecho semestral, o la de la finalización de la causa de suspensión.

Si tuvieras derecho al subsidio por desempleo para personas trabajadoras mayores de 52 años, percibirías este.

¿Cuál es la duración y la cuantía de estas ayudas económicas? Según el SEPE, la duración será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que hayas agotado y de tu edad, siempre que lo solicites en plazo y mantengas los requisitos, de acuerdo a lo siguiente:

- Si eres menor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrás derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 18 meses.

- Si eres menor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrás derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.

- Si eres mayor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrás derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.

- Si eres mayor de 45 años y has agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrás derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 30 meses.

La edad debes tenerla en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. En el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será:

- En el caso de que la fecha del hecho causante del subsidio por cotización insuficiente o del de agotamiento (así como cualquiera de ellos como vía de acceso al mayor de 52) sea posterior al 2 de marzo de 2022, se aprobará uno de ellos siempre que reúna el resto de requisitos.

- Si la fecha del hecho causante fue anterior al 2 de marzo de 2022, las condiciones de duración y cotización serán las mismas que anteriormente (duración equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud e imposibilidad de transformación en subsidios de mayores de 52 años.)

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples. En el supuesto de que la relación laboral que dio derecho a la prestación contributiva que ha agotado hubiera sido a jornada parcial, la cuantía del subsidio se verá reducida en el mismo porcentaje.

A las personas trabajadoras fijas discontinuas mayores de 52 años, cuyo hecho causante haya tenido lugar antes del dos de marzo de 2022, se les ingresará la cotización por la contingencia de jubilación durante todo el periodo de percepción del subsidio. El pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera que indique, siempre que sea titular de la misma.

Cuándo, dónde y cómo lo tramito

Según asegura el SEPE en su página web, el plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles a partir del cumplimiento del mes de espera. El mes de espera comienza a contar a partir del día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva.

El derecho al subsidio nacerá a partir del día siguiente a aquel en que se cumpla el mes de espera, siempre que se solicite dentro del plazo. Si se presenta la solicitud transcurrido el plazo citado, el derecho nacerá a partir del día siguiente al de la solicitud, reduciéndose su duración en tantos días como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho, de haberse solicitado en tiempo y forma y aquella en que efectivamente se hubiera formulado la solicitud.

La solicitud la podrás presentar a través de:

- La sede electrónica del SEPE.

- En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono).

- En cualquier oficina de registro público.

- Por correo administrativo.

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