¿Qué entiende el Ayuntamiento por 'conciliación'?

Blanca Elizaga Laguardia, Magdalena Saavedra Abad, Nerea Espartza Pertika  en representación de TALDE|

Publicado el 11/04/2019 a las 08:15

Nos ocupa el caso de dos trabajadoras que solicitaron recientemente poder entrar 20 minutos más tarde a su puesto de trabajo alargando en la misma medida su jornada al final de la misma para poder conciliar su vida laboral y familiar. Ambas personas prestan sus servicios en el Equipo Municipal de Atención a Domicilio, servicio cuyo finalidad, entre otras, es dar apoyo a personas en situación de dependencia, posibilitando muchas veces con nuestras atenciones la vida personal y laboral de los familiares que están al cuidado de las personas usuarias de este servicio municipal. El personal del Equipo Municipal de Atención a Domicilio se escribe con nombre de mujer. El 99,5% de la plantilla adscrita lo es. Todas nosotras conocemos bien qué significa la doble presencia -familiar y laboral-, lo complicado que es conciliar horarios de cuidados a los mayores y/o pequeños de la familia con nuestras jornadas laborales. Quienes trabajamos en el ámbito domiciliario vivimos diariamente rodeadas de estereotipos con referencia a nuestra proyección profesional. Nosotras lo sabemos bien, y un Ayuntamiento del cambio también debería estar al tanto. Debería, en el ejercicio de su responsabilidad, desarrollar medidas que favorezcan la conciliación en un colectivo tan feminizado como es el Equipo de Atención Domiciliaria y no lo está haciendo. Las dos peticiones han sido rechazadas por este Ayuntamiento del cambio, que con tanto entusiasmo abraza y abandera la lucha feminista de la mujer trabajadora en ocasión del 8M. En uno de los casos, se le indicó a la trabajadora que ese tiempo que necesitaba para llevar a sus hijos al colegio se lo fuese “gastando” por minutos del tiempo de sus asuntos propios. En el segundo, tras solicitar el permiso y sin resolución en contra, entendió concedida su petición. Para su sorpresa, se le comunica varios meses después que se le restituye a su horario inicial, y que si necesita dicho tiempo para llevar a sus hijos al centro escolar, deberá pedir una reducción de jornada. En ningún momento durante los meses disfrutados, flexibilizar en 20 minutos su horario de entrada y salida afectó al servicio. Cuesta creer que a día de hoy, cuando a todos se nos llena la boca con facilitar las medidas de conciliación de vida laboral, familiar y personal, donde las empresas están adecuando los horarios en la medida de lo posible a las necesidades de los trabajadores en ese sentido, cuando existen en las administraciones públicas una regulación de permisos, cuando van tomando fuerza los 8M, cuando poco a poco van dándose medidas como la ampliación de permisos maternidad/paternidad, etc, un Ayuntamiento “del cambio y progresista” no permita que dos trabajadoras ejerzan su derecho a modificar su horario de entrada y salida, modificación que solicitan no por capricho sino por necesidad de conciliación. Medidas que, además, no generan ningún problema en la atención al usuario y en el desarrollo de su jornada laboral.


Tendrán que hacérselo mirar. Basta ya de postureos. Exigimos al Ayuntamiento de Pamplona que avance de una política de gestos a la aplicación real de las medidas de conciliación familiar en el EMAD, al igual que en el resto de trabajadores municipales.


Blanca Elizaga Laguardia, Magdalena Saavedra Abad, Nerea Espartza Pertika en representación de TALDE, Agrupación Electoral del EMAD con representación en el Comité del Personal del Ayuntamiento de Pamplona.

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