Entre los motivos para la confiscación se encuentran el exceso de velocidad, conducir borracho o sin carné
Los jueces podrán decomisar el vehículo de los conductores que cometan infracciones más graves a partir de Navidad. Entre esos delitos graves, se encuentran el exceso de velocidad, conducir borracho o sin carné. En esa fecha entrará en vigor la última reforma del Código Penal publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Con ocasión de la aprobación en el Congreso de los Diputados de las nuevas normas, el director de la DGT, Pere Navarro, afirmó que esta medida sólo se utilizaría de manera "excepcional como alternativa a la prisión". Sin embargo, asociaciones de automovilistas denuncian que la medida no es excepcional y que afectará a 50.000 conductores al año.
"Se le abre la posibilidad al juez, en función de las circunstancias especiales y excepcionales, de que en algún caso pueda considerar el comiso del vehículo", señaló entonces Navarro. Entre las nuevas normas del Código Penal, se incluye el artículo 385 bis, que permite que un juez decida decomisar el vehículo de un conductor que ha cometido un delito grave contra la seguridad vial.
No obstante, la introducción en Código Penal de esta posibilidad ha generado críticas en algunos club de automovilistas. En este sentido, Automovilistas Europeos Asociados (AEA) considera "desproporcionada" esta medida y asegura que, tal y como está redactado el Código Penal, "el decomiso no se ha contemplado como una medida excepcional, sino que debe aplicarse en todas las condenas por delitos contra la seguridad vial". Por ello, prevé que aproximadamente unos 50.000 automovilistas al año se quedarán sin coche.
Hasta ahora, el Código Penal recogía la posibilidad de decomisar el vehículo de un infractor para el caso de los "conductores kamikaces". Sin embargo, con la reforma aprobada se amplía a otros delitos de seguridad vial como excesos de velocidad elevados o altas tasas de alcoholemias.
No es el único cambio relacionado con la seguridad vial que entrará en vigor las próximas navidades. También se elimina la actual disyuntiva entre la pena de prisión y la de multa y los trabajos en beneficio de la comunidad, estableciéndose los tres tipos de penas como alternativas. Se concede además a los jueces la facultad excepcional de rebajar la pena de prisión atendiendo a la menor entidad del riesgo y a las demás circunstancias del hecho enjuiciado.
Otra de las novedades que incluye la reforma del Código Penal respecto a la seguridad vial es la obligatoriedad de someterse a las pruebas de detección de drogas mediante test indiciarios de saliva. En caso de negativa a realizar estos test se acusará al conductor de un delito contra la seguridad del tráfico castigado con una pena de prisión de seis meses a un año y la privación del derecho a conducir vehículos a motor de un año y un día hasta cuatro años.
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