1 Prescripción desde la admisión a trámite. La Audiencia Provincial de Madrid sigue la doctrina del Tribunal Supremo y del Constitucional según la cual el plazo de prescripción no se puede interrumpir hasta que exista una resolución judicial. En este caso, la admisión a trámite de la querella interpuesta por la Asociación de Usuarios de Servicios Generales de Banca.
2 Decisión judicial condicionada por 7 meses. Los hechos sucedieron en 1998 y el plazo para prescribir era de 5 años. La querella se interpuso en noviembre de 2002, pero no se aceptó hasta junio del 2003, una vez ya prescrito.
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