El Ayuntamiento de Pamplona pidió el estudio de impacto ambiental porque la cárcel ocupa una reserva paisajística
El Tribunal Supremo considera que el interés paisajístico de la colina de Santa Lucía, donde se va a construir la nueva cárcel de Pamplona, es poco importante. Concretamente, las palabras que utiliza para definir el interés del paraje son "tenue y difuso". Éste es uno de los argumentos utilizados por la sala de lo contencioso administrativo del citado Tribunal para no suspender el acuerdo del Consejo de Ministros por el que se eximió a la prisión del estudio de impacto ambiental.
El auto no da la razón al Ayuntamiento de Pamplona, que recurrió el citado acuerdo ministerial y que pidió, como medida cautelar, que se suspendiera ese acuerdo hasta la resolución del recurso. Así, las obras iniciadas hace unos meses podrán continuar.
En su fallo, el Tribunal Supremo valora los intereses públicos que están en juego en este asunto: por un lado la necesidad de construir la cárcel y, por otro, la protección del medio ambiente, y analiza la "diferente naturaleza, entidad e intensidad" de los intereses en conflicto hasta concluir cuál es el que prevalece. Dice el auto en primer lugar que, de forma generalizada, el interés público medio ambiental prevalece sobre el desarrollo urbanístico y que tal interés "no puede ser sacrificado en cualquier caso o con ocasión de la realización de una construcción".
Sin embargo, al trasladar el argumento al caso de Pamplona, los jueces le atribuyen tres características específicas. En primer lugar dicen que se trata de una obra pública que cumple una necesidad esencial para la comunidad (albergar a la población reclusa). Añade luego que el interés medioambiental se manifiesta en este caso "de un modo tenue y difuso". Y finalmente asegura que en el acuerdo del Consejo de Ministros ya se incluían medidas correctoras como para considerar que la variable medio ambiental se ha tenido en cuenta, se ha valorado y que se adoptarán medidas al respecto.
El recurso de Pamplona
El pasado mes de febrero el Ayuntamiento de Pamplona presentó un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo rechazando las "causas excepcionales" por las que el Consejo de Ministros había eximido del estudio de impacto ambiental a la nueva cárcel que se iba a construir en Santa Lucía.
Según Pamplona, la construcción resultaba incompatible con una colina que estaba considerada como reserva paisajística y, por ese motivo, necesitaba del estudio de impacto ambiental exigido por ley. En ese sentido, el recurso del Ayuntamiento, respaldado por los grupos municipales de UPN y NaBai, decía que uno de los motivos para eximir del estudio a la cárcel podría basarse en la necesidad de atender una situación extraordinaria y de imposible previsión, un argumento que Pamplona considera poco válido para una cárcel que está prevista desde el año 1991.
Tampoco entendía el Ayuntamiento que la urgencia fuese otro de los argumentos para eximir del estudio de impacto ambiental a la prisión, sino que más bien se trataba "de un retraso injustificado de la ejecución del proyecto".
Como medida cautelar hasta el momento de resolver el recurso, el consistorio decidió pedir la suspensión del acuerdo de Ministros que eximió a la cárcel del impacto ambiental. El Tribunal Supremo ha analizado ambas peticiones por separado y ha resuelto en primer lugar la medida cautelar denegándola.
Esta semana se ha convocado el concurso para la construcción de la nueva prisión de Pamplona por un importe de 80,6 millones de euros. La cárcel tendrá 504 celdas y dispondrá de un centro de reinserción social con capacidad para 102 personas.
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Vista de la colina de Santa Lucía desde la ronda norte. J.C.CORDOVILLA
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