EL COMITÉ NO ACEPTA EL RECURSO DEL CLUB POR CONSIDERAR QUE AUNQUE EL COLEGIADO ERRARA EN SU DECISIÓN SE DARÍA UNA "PATENTE DE CORSO" A PROTESTAR
Los malos presagios del club se cumplieron. El Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol desestimó ayer el recurso presentado por Osasuna y confirmó el acuerdo de Competición, que había amonestado a Juanfran en aplicación del artículo 132.c) de los Estatutos Federativos. Se trata de la primera tarjeta amarilla que vio en el Bernabéu, ya que la segunda fue perdonada por el Comité de Competición tras las alegaciones presentadas por Osasuna.
La cartulina en cuestión fue mostrada en el minuto 14 de juego, según señaló Pérez Burrull en el acta arbitral "por protestar, de forma ostensible una decisión mía, solicitando penalti tras dejarse caer en el área contraria".
Sentar precedente
Apelación no ha tenido en cuenta la reclamación rojilla, porque considera que se puede sentar un precedente si se considera que se puede protestar una acción, aunque el árbitro se hubiera equivocado, como así fue.
"El hecho de que el colegiado hubiera errado en su decisión, no significa que el jugador, según los estatutos federativos y toda la jurisprudencia deportiva, incluidas las normas dictadas por la International F.A. Board, pueda protestar la decisión colegial, por cuanto si esto se permitiera se estaría dando una patente de corso para protestar a cualquier jugador las decisiones que cualquier colegiado pudiera tomar, con independencia de que estuviera equivocado o no; se estaría creando un precedente de consecuencias imprevisibles dentro de la jurisdicción deportiva", señala Apelación.
Al no ser tarjeta que acarrea sanción, el club no ha decidido todavía si recurrirá ante el CEDD, para lo que tiene 15 días hábiles.
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