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TRIBUNALES

La Fiscalía recurrirá basándose en la Ley de Amnistía

El Ministerio Público considera que los delitos prescribieron en 1977 con la Ley de Amnistía aprobada en las Cortes

Actualizada Viernes, 17 de octubre de 2008 - 04:00 h.
  • EUROPA PRESS. MADRID

La Fiscalía de la Audiencia Nacional recurrirá al Pleno de la Sala de lo Penal el auto del juez Baltasar Garzón al considerar que los delitos prescribieron en 1977 con la aprobación el 15 de octubre de la Ley de Amnistía, según fuentes fiscales.

El Ministerio Público entiende que debe ser el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la que debe decidir sobre la competencia del asunto. Además, la Fiscalía no descartó recurrir ante el Tribunal Supremo en caso de que fuese necesario.

La Fiscalía recordará en su recurso la Ley de Amnistía como "una ley vigente y aprobada de manera democrática" por las Cortes y matizará que "no es equiparable" con otras leyes similares que se produjeron en países como Chile o Argentina, donde también se cometieron crímenes similares a los que el juez Garzón pretende investigar ahora en España.

El Ministerio Fiscal pondrá el acento en recordar que, a diferencia de España, en aquellos países fueron las mismas dictaduras que cometieron las persecuciones las que luego promovieron sus propias leyes de amnistía para evitar ser juzgados.

Además, la Fiscalía reforzará su postura de que Garzón no es competente para asumir esta instrucción, ya que al tratarse de delitos comunes deberían ser investigados en cada uno de los juzgados donde se produjeron los hechos.

La Fiscalía apelará también a la Ley de Memoria Histórica impulsada por el Gobierno socialista para indicar que es el Ejecutivo y las administraciones locales las que deben tomar la iniciativa en esta causa y promover la identificación de los desaparecidos, exhumar la fosas y entregar los restos de los fallecidos a sus familiares.

Ley y retroactividad

"Se trata de un problema de territorialidad y no de justicia universal", aseguraron las fuentes consultadas, que también se refirieron a que el concepto jurídico de crímenes contra la humanidad se estableció legalmente en 1945, tras el juicio de Núremberg contra los responsables del nazismo, por lo que los hechos de la contienda española no podrían ser investigados conforme a este criterio.

"No se puede aplicar la Ley de manera retroactiva", insistieron las fuentes, que rechazaron la no prescripción de los delitos de detención ilegal con desaparición tal y como pretende el juez.


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