Cartas de los lectores
La fiscalía y los alcaldes


Publicado el 28/08/2025 a las 05:00
La Fiscalía ha recordado recientemente a los municipios afectados por incendios forestales su obligación de acreditar los planes de prevención previstos en la Ley de Montes. Se trata de una advertencia seria: en caso de incumplimiento, podrían derivarse responsabilidades penales para los responsables municipales.
Es justo y necesario que la Fiscalía vele por el cumplimiento de la ley. Sin embargo, la cuestión nos lleva a reflexionar sobre un aspecto de fondo: ¿están realmente los municipios en condiciones de responder a estas obligaciones? La realidad de muchos pueblos en España con población envejecida, pérdida constante de servicios y una progresiva despoblación contrasta con la exigencia legal de contar con planes actualizados, recursos técnicos y capacidad de actuación. A esto se suma un dato clave: en 2022 se aprobó el Plan Nacional de Reducción del Riesgo de Desastres (H2035), de aplicación en todo el Estado, comunidades autónomas y municipios. Han pasado varios años y apenas sabemos nada sobre su evolución ni sobre cómo se ha trasladado a la práctica local.
Los siguientes escenarios conocidos por todos incluida la Fiscalía, son desencadenante de accidentes y desastres: cuando en el Congreso de los Diputados sonó una alarma de emergencia, nadie sabía qué hacer; cuando circulamos cumpliendo el límite de velocidad y nos adelantan vehículos a gran velocidad sin apenas control; o cuando fenómenos como Filomena, la erupción de La Palma, la DANA, el apagón eléctrico y los grandes incendios forestales que estamos sufriendo nos sorprenden y revelan que seguimos respondiendo más con improvisación que con prevención planificada.
No podemos engañarnos: además de incendios forestales, existen riesgos como inundaciones, rotura de presas, accidentes con mercancías peligrosas, terremotos o vendavales. ¿Estamos preparados? ¿Disponemos de planes de actuación municipales? ¿Se han realizado simulacros reales para comprobar nuestra capacidad de respuesta?
La ley establece que el alcalde es el director de la protección civil en su municipio. Pero la pregunta es inevitable: ¿quién forma a los alcaldes para ejercer esa función? ¿Qué recursos técnicos, humanos y económicos se ponen a su disposición para hacer frente al deber de autoprotección y a la reducción del riesgo de desastres? No basta con señalar con el dedo las responsabilidades jurídicas; es imprescindible dotar a los municipios de herramientas reales para prevenir, organizar y responder. De lo contrario, estaremos trasladando la carga a los más débiles del sistema administrativo.
La Comisión Europea ya nos advierte: los ciudadanos debemos disponer de un kit de emergencia para resistir de manera autónoma durante al menos 72 horas. Pero, ¿cuántas campañas de información, sensibilización y educación hemos visto en nuestros municipios para preparar a la población? Muy pocas. La autoprotección empieza en el hogar y en la comunidad, y debe ir acompañada de una estrategia institucional coherente.
El problema no es de diagnóstico, sino de prioridades. Si seguimos destinando recursos públicos a lo superfluo o a intereses particulares, mientras se descuida lo esencial, la seguridad, la prevención, la protección civil, el coste humano y económico de los desastres será cada vez mayor.
La Fiscalía cumple con su deber al exigir responsabilidad. Pero la responsabilidad también debe ser compartida: por los gobiernos, que deben garantizar formación y medios a los municipios; por los alcaldes, que deben asumir su papel de líderes locales de protección; y por la ciudadanía, que debe implicarse en la cultura de la autoprotección.
Cuanto más tardemos en tomarnos en serio esta tarea, peores serán las consecuencias. La prevención no es un gasto: es una inversión en vida, en seguridad y en futuro.
Santiago Pangua Cerrillo