Ayudas

Las empresas navarras de menos de 150 trabajadores optan a ayudas para reducir la siniestralidad laboral

Un trabajador de la construcción, en la obra
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Un trabajador de la construcción, en una obra
Un trabajador de la construcción, en la obra

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DN Management

Actualizado el 01/02/2024 a las 14:03

Las empresas navarras con plantillas inferiores a 150 personas pueden solicitar durante los próximos dos meses las ayudas convocadas por el Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo para financiar la adaptación de equipos y lugares de trabajo con el fin de reducir la siniestralidad laboral.

Esta subvención, cuyas bases reguladoras han sido publicadas esta semana en el Boletín Oficial de Navarra, está dotada con 260.000 euros, según ha indicado el Gobierno en una nota.

Puede solicitarse hasta el 1 de abril para inversiones realizadas y pagadas entre el 3 de noviembre de 2023 y el 2 de noviembre de este año, ambas fechas incluidas. El importe de la ayuda será del 25 % o 30 %, según los casos, del gasto subvencionable, con un máximo de 30.000 euros por beneficiario.

Se financiarán inversiones en capital fijo para uso propio de la empresa, no para su venta o alquiler, y su necesidad tiene que estar reflejada en la evaluación de riesgos de la empresa y recogida en la planificación de la actividad preventiva.

Con esta convocatoria de ayudas se financiarán inversiones relacionadas con equipos de trabajo, con lugares de trabajo y con puestos de trabajo.

Respecto a los equipos, se podrá subvencionar la adaptación, sustitución o adquisición. En concreto, la adaptación total o sustitución de máquinas que tengan carencias de seguridad; el cambio de andamios para trabajos temporales de obra, cuadros eléctricos y sistemas provisionales de protección de borde no normalizados por otros de acuerdo a las normas UNE de aplicación específica; la compra de aparatos o plataformas elevadoras móviles de personas; y la adaptación o adquisición de máquinas y equipos por criterios ergonómicos.

También se financiará la adaptación, sustitución o adquisición de máquinas, equipos u otras medidas de protección colectiva frente a agentes químicos, biológicos, ruido y vibraciones.

En cuanto la inversión en lugares de trabajo se sufragarán las intervenciones destinadas a ofrecer seguridad frente a los riesgos presentes en lugares de trabajo como suelos, aberturas, desniveles y barandillas; tabiques, ventanas y vanos; vías de circulación; puertas y portones; rampas, escaleras fijas y de servicio; y escalas fijas.

Asimismo, se subvencionarán las actuaciones destinadas a mejorar el ambiente térmico en lugares de trabajo cerrados, la sustitución de cubiertas frágiles por otras que no lo sean, el cambio de materiales con amianto por otros libres de esta sustancia, y las intervenciones destinadas a ofrecer seguridad frente al riesgo de agresiones físicas a personas trabajadoras, golpes o atropellos de vehículos.

Finalmente, referido a las adaptaciones de puestos de trabajo, se apoyarán aquellas destinadas a disponer de puestos exentos de riesgos para la maternidad, realizadas con criterios preventivos para la protección del embarazo y la lactancia natural. 

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