Esta es la subvención si eres menor de 35 años y compras una vivienda en algunas localidades navarras
No pierdas la oportunidad de recibir esta subvención a la hora de realizar la mayor compra de tu vida


Publicado el 16/08/2023 a las 06:00
Desde este año 2023 todos los menores de 35 años que deseen comprar una vivienda de segunda mano en un municipio de Navarra de hasta 5.000 habitantes pueden acogerse a una subvención del Gobierno foral, un motivo más para lanzarse a la compra de una vivienda, en entornos más tranquilos y con un estilo de vida en el que prima la naturaleza y la calma.
En DN Inmo queremos hacernos eco de esta ayuda que, sin duda, será muy bienvenida para las personas que pueden acogerse a ella. Pero ¿quién puede solicitarla? ¿qué requisitos debe de cumplir la vivienda? ¿qué documentación hay que presentar?
Respondemos en este post a todas estas preguntas para que no pierdas la oportunidad de recibir esta subvención a la hora de realizar la mayor compra de tu vida.
¿A quiénes se dirige esta subvención?
Los compradores deben de ser personas físicas menores de 35 años, que cumplan los requisitos de acceso a las subvenciones por adquisición de vivienda protegida.
Requisitos de las viviendas
La vivienda, que puede ser libre o protegida, debe de contar con cédula de habitabilidad en vigor y estar situada en municipios de hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.
Los contratos deben de estar firmados a partir del 1 de enero de 2023.
El precio máximo no excederá en 2023 de:
- 1.818,28 euros por metro cuadrado útil de vivienda y garaje (si su superficie es menor o igual de 14 metros útiles)
- 727,31 euros por metro útil de garaje (si su superficie es mayor de 14 metros útiles), trastero u otros anexos.
En este enlace puedes consultar los precios de compra-venta de vivienda protegida
Para una información detallada sobre los requisitos de los compradores y de las viviendas, puedes consultar las bases reguladoras
Documentación requerida para solicitar la subvención
La solicitud de esta subvención consta de dos fases. En la primera se debe de aportar DNI de los compradores y el contrato de compraventa de la vivienda previo a la escritura pública de la vivienda (ver bases reguladoras). En esta fase, el Servicio de Vivienda del Gobierno de Navarra verifica que tanto el solicitante de la vivienda como la propia vivienda cumplen con los requisitos de la subvención. En caso afirmativo, desde el Servicio de Vivienda se emite un visado administrativo donde se recoge el importe máximo de la subvención y las cláusulas de inserción obligatoria que deberán constar en la futura escritura pública.
La segunda fase, una vez obtenido el visado administrativo, es la de solicitud del pago de la subvención. Esta deberá realizarse una vez se ha formalizado la compraventa en escritura pública. En esta fase hay que aportar el visado administrativo y la escritura de compraventa de la vivienda con las cláusulas de inserción obligatoria que aparecen en dicho visado y que se describen en las bases reguladoras. El plazo para solicitar el pago finaliza a los 6 meses de la firma de la escritura.
Las cláusulas de inserción obligatoria sólo deberán aparecer en la escritura si previamente se ha obtenido el visado administrativo.
Puedes descargar la solicitud de abono por transferencia en este enlace
Cómo presentar las solicitudes
El plazo está desde el 1 de enero de 2023 hasta que se apruebe una reglamentación al respecto.
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Certificado digital o DNI electrónico
- Cl@ve
Puedes hacer click en este enlace para tramitar la subvención
También se puede tramitar esta ayuda en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra.
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