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Lekunberri

La normativa del aparcamiento de autocaravanas de Lekunberri limita a 48 horas su estancia

La explanada se sitúa junto a la carretera de acceso a San Miguel de Aralar

Ampliar Panorámica del centro urbano de Lekunberri
Panorámica del centro urbano de Lekunberriarchivo
Actualizado el 13/03/2023 a las 09:44
La normativa del aparcamiento de autocaravanas de Lekunberri, junto a la carretera que desemboca en San Miguel de Aralar, limita a 48 horas la estancia de vehículos.
“Solamente en caso de fuerza mayor o necesidad y previa autorización del Ayuntamiento, se podrá superar este tiempo máximo de estancia permitido”, se lee en la norma, difundida a través del portal digital del consistorio.
Quedan excluidos de la zona “cualquier otro tipo de vehículos tales como camiones, turismos, etc., que no hayan sido homologados como vivienda y dotados de váter y depósito de recogida de aguas usadas”.
“El área dispone de un espacio destinado a la evacuación de aguas grises, negras y toma de agua potable. Todos los usuarios de vehículos vivienda que hagan uso del área de estacionamiento podrán hacer uso del servicio de vaciado de aguas grises, negras, toma de agua potable. Adicionalmente las personas empadronadas en Lekunberri podrán hacer uso del servicio de vaciado de aguas grises, negras, toma de agua potable”, se agrega en el documento.
“En la zona destinada al vaciado de depósitos no se puede estacionar, debiendo permanecer libre de obstáculos a disposición de las personas usuarias mientras no esté siendo utilizada para el fin propuesto, las cuales deben de mantener la higiene posteriormente a su uso. Se prohíbe expresamente el lavado de cualquier tipo de vehículo en toda el área, en ningún caso se utilizarán jabones o detergente de limpieza. La infracción de esta norma será objeto de sanción”, añade el consistorio.
“Las personas usuarias de las zonas de áreas de servicios acatarán cualquier tipo de indicación que desde el Ayuntamiento se estipule para el cuidado y preservación de la zona y para el respeto y buena vecindad. Asimismo, el Ayuntamiento podrá disponer en cualquier momento en las zonas destinadas a áreas de servicios para otros usos, sin que ello implique ningún tipo de indemnización para las personas usuarias”, detalla la corporación.
El decálogo de prescripciones concluye con una restricción: “Queda prohibida la instalación en la vía pública y, en especial, en las plazas destinadas al estacionamiento de las autocaravanas y vehículo-viviendas de enseres destinados a la acampada, tales como mesas, sillas, toldos, sombrillas, tendales o cualquier otro similar. En esta área de servicios para autocaravanas y vehículos-vivienda estará permitida la pernocta.
Dentro del área de estacionamiento reservado, se permite desenganchar la caravana del vehículo tractor para facilitar la maniobra de estacionamiento permitiendo así la mejor utilización del espacio restante para otros usuarios”.
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