El límite de velocidad a 30 km/h se implanta en el centro de Alsasua
Queda prohibida la circulación de bicicletas por la acera, salvo a los menores de 12 años y acompañantes


Actualizado el 27/01/2021 a las 06:00
Circular por el casco urbano de Alsasua a 30 kilómetros por hora es ya una obligación para el tráfico rodado. Desaparece la limitación de 50 en todo el municipio con la entrada en vigor de la ordenanza municipal de tráfico y movilidad, que reduce el máximo a 20 kilómetros por hora en zonas peatonales y en los barrios de Ameztia y Zuntaipe. Se podrán alcanzar los 40 en los polígoos industriales de Ibarrea, Ondarria e Isasia. De esta manera, al menos en lo que atañe a los límites del núcleo residencial, el Ayuntamiento concede rango legal a una propouesta que elevó un particular en aras a minimizar el riesgo en la vía pública para los peatones.
Las categorías de velocidad permitida aparecen estructuradas en un documento que pretende ayudar a reforzar la seguridad viaria en el municipio, con restricciones y medidas fijadas para distintos medios de de desplazamiento. Como en otros términos de alta concentración demográfica, hay indicaciones de ordenación para regular la confluencia en la vía pública de vehículos a motor, usuarios de bicicletas y peatones.
El segundo grupo deberá atenerse a una norma general, sujeta a matices, pero aplicable si no hay justificación alguna: “Queda prohibida la circulación de bicicletas por las aceras”. La restricción no afectará “a los menores de 12 años, ya sean solos o acompañados por una o dos personas mayores de edad responsables, que también podrán circular en bicicleta por la acera. Tanto las personas mayores como las menores estarán obligadas a respetar en todo momento la prioridad peatonal, y adecuar su velocidad a la de las y los peatones”.
En los pasos de cebra
Habrá otras excepciones: “La circulación de bicicletas por la acera podrá ser autorizada, excepcionalmente, de forma señalizada, y previo informe técnico municipal, en aquellas calles en las que no se ofrezca otra alternativa específica para este medio, y no se encuentren debidamente señalizadas como calle limitada a 30 km/h o como calle residencial”. Los pasos de cebra obligarán, a su vez, a poner pie a sus usuarios y a cruzar la calzada caminando. Si atraviesan las franjas reservadas para ciclistas, deberán también acomodar su velocidad a la de los petaones y poner especial cuidado en ser vistos por los conductores de los vehículos a motor. Eso sí, en estos tramos, tendrán prioridad sobre otros vehículos que circulen por la calzada.
La nueva ordenanza señala también que “patines, monopatines, patinetes o aparatos similares en ningún caso podrán transitar por la calzada, salvo para cruzarla en los lugares señalizados al efecto”. Si circulan por vías ciclistas, los patinadores habrán de acomodar su marcha a la de las bicicletas. “Cuando transiten por aceras, no superarán la velocidad de paso de las personas y adaptarán siempre su desplazamiento al de las demás personas a pie, evitando siempre causar molestias o situaciones de peligro”.
Por principio, “las personas que se desplacen con patines, monopatines, patinetes o aparatos similares se consideran peatones con los condicionantes establecidos”. La normativa ya vigente prohíbe asimismo “el tránsito de monopatines con motor en zonas peatonales”.
El documento de referencia en la regulación de la movilidad y el tráfico confirma la prohibición de circular por el casco urbano a todo vehículo superior a 3.500 kilogramos. Tampoco podrán hacerlo “vehículos de mercancías peligrosas y autobuses superiores de 21 plazas que no tengan un fin concreto en el término municipal (carga y descarga autorizada, estacionamiento autorizado, transporte público, transporte discrecional de pasajeros, etc.)”.
Queda, por otro lado establecido “en 15 días el tiempo máximo de estacionamiento de un vehículo en el mismo lugar de forma continuada. Rebasado ese tiempo, el mismo vehículo no podrá estacionar a una distancia inferior a 100 metros del lugar anterior”.
Las concreciones figuran en el reglamento que el Ayuntamiento ha difundido en su portal digital una vez en vigor su contenido desde la publicación en fechas recientes en el Boletín Oficial de Navarra. La edición cierra un círculo de tramitación que mantuvo abierto el año pasado un período de alegaciones para que la ciudadanía pudiese formular sus objeciones o sugerencias de mejoras al texto.
