Acuerdos

Educación tendrá que recalcular su aportación a una guardería de Tudela

Una sentencia del TSJN anula el acuerdo que reflejaba la financiación de dos cursos porque no está justificada

Imagen del edificio que acoge la escuela infantil Santa Ana de Tudela
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Imagen del edificio que acoge la escuela infantil Santa Ana de Tudela
Imagen del edificio que acoge la escuela infantil Santa Ana de Tudela

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Jesús Manrique

Publicado el 16/09/2021 a las 06:00

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de Navarra ha emitido una sentencia en que implica que el departamento de Educación tendrá que recalcular y justificar el pago al Ayuntamiento de Tudela por los gastos de personal y funcionamiento de la escuela infantil Santa Ana. La causa principal es que el tribunal considera que Educación no ha justificado suficientemente la cantidad aportada para los cursos 2018/2019 y 2019/2020, que ascendió a 377.274 € y 435.792 €, respectivamente.

El Ayuntamiento no estaba de acuerdo con estas cantidades porque el Gobierno tiene que cubrir todos los gastos de gestión de la escuela, que se actualizan anualmente, y reclamó, en base a los informes de la directora, 458.404 € para el primer curso, 81.130 más que los aportados por el Gobierno, y 594.318 € del siguiente, frente a los 435.792 que recibió, es decir, 158.525 € más, lo que haría un total de 239.665 €.

NO AL PAGO POR AHORA

Pero en este punto no ha recibido el respaldo del tribunal, que considera que no tiene los elementos de juicio necesarios para dar por buena esta cifra, por lo que se limita a que Educación retrotraiga las actuaciones al inicio para recalcular la cantidad a pagar al Ayuntamiento y justificarla.

En su demanda, el Ayuntamiento recalcó que la gestión de esta escuela, transferida por Educación en 1987, “no le debe causar ningún déficit”, aunque también admitió que el Gobierno, de forma habitual, no suele aceptar todos los gastos que incluye el informe de la directora. Sin embargo, apunta que se ha venido aceptando porque las diferencias “no eran tan importantes” para que dos administraciones públicas tuvieran que acudir a los tribunales.

Añade que la aportación de Educación era al alza año tras año, pero que esto se truncó en el curso 2018/19, cuando se recibieron 377.274 €, una cifra apenas superior a 2005 (368.508 €). “No hay motivación ni justificación del por qué de ese importante descenso de la subvención”, señaló en su recurso el Ayuntamiento, quien añadió que Educación se limitó a decir que los gastos totales aportados no se obtienen de aplicar el decreto foral, sino que se hace “una interpretación unilateral e interesada del mismo”.

Por su parte, el Gobierno de Navarra sostuvo que “se ha aplicado estrictamente” el decreto foral que regula las cantidades que se deben transferir y que su decisión se ha basado “en el informe con pertinente análisis de la dirección general de Educación”.

A este respecto, la sentencia incide en que Educación tiene que hacerse cargo de todos los gastos y que la actualización anual “se entiende ha de ser superior”. Y añade que Educación “no motiva por qué la cantidad transferida es bastante inferior, no solo a la del año anterior (fueron 442.892 €), sino a la de 2006”. “No puede ahora cambiar el criterio”, indica.

El cálculo del Ayuntamiento se basa en el informe de la directora de la escuela infantil del curso 2018/2019 -el tribunal dice que no se aportó el del 2019/20, aunque desde el Ayuntamiento indicaron ayer que sí lo hizo-. Detalla los gastos de personal, funcionamiento e inversiones, a los que hay que restar el dinero para educadores de necesidades especiales, ya que lo paga directamente Educación, y los ingresos por las tarifas que abonan las familias. Eso da el resultado de 458.404 € que reclama el Ayuntamiento, al que se suman los 594.318 del siguiente curso.

SIN INFORMES

Sobre la justificación para el cálculo que hace Educación, el tribunal realiza varias críticas. Dice que echa en falta la motivación de los índices de actualización para personal y para gastos de funcionamiento como exige la ley y refleja que no consta un informe técnico económico al respecto. “Se nos dice que obra ‘informe’ de la dirección general de Educación. Llamarlo informe, a juicio de esta sala, es incorrecto”, indica.

Por todo lo anterior, concluye que no puede aceptar “sin más” la liquidación que hace Educación. “No basta con decir que se ha hecho con aplicación del decreto foral. Ha de explicar y motivar el coste efectivo y su actualización”. Y se pregunta: “¿Tanta disparidad sobre los costes puede existir entre la dirección general de Educación y la dirección de la guardería? ¿Han minorado los costes de modo sustancial? ¿Se han incrementado los ingresos notablemente?”. Y termina diciendo que Educación asegura que no se ha cambiado el criterio “cuando la apariencia es la contraria”. “Hace falta un plus de motivación que aquí no existe”, concluye.

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