Turismo
El País Vasco empezará a cobrar una tasa turística
Las tres diputaciones vascas activan el proceso administrativo de la denominada tasa, por la que se cobrará un máximo de 7,5 euros


Publicado el 05/02/2026 a las 15:19
Las diputaciones vascas han iniciado el proceso administrativo para fijar un impuesto turístico de entre 0,75 y 5 euros que gravará las estancias diarias según el tipo de establecimiento.
La norma general permitirá a los ayuntamientos imponer imponer recargos cuando el municipio supere las 750 plazas de alojamiento, hasta un máximo de 7,5 euros.
Las previsiones en materia tributaria aparecen recogidas en un anteproyecto de las diputaciones de Álava, Gipuzkoa y Vizcaya, como informa la agencia EFE.
El paso dado es un trámite, que ha de ser ratificado por las Junta Generales de cada provincia posiblemente antes de verano. La duda estriba en si se podrá o no aplicar la nueva tasa turística en los meses estivales, considerados de temporada alta. Numerosos navarros aprovechan para desplazarse a pueblos del litoral guipuzcoano.
¿CÓMO SE COBRARÁ AL TURISTA?
Tal y como reflejan las agencias, el anteproyecto casi calcado de los tres territorios vascos plantea el cobro del tributo por pernoctar en alguno de los alojamientos turísticos y serán éstos los encargados de exigir al cliente la tasa. Asimismo les corresponderá informar de las estancias a los ayuntamientos.
¿DÓNDE SE COBRARÁ?
En Hoteles, pensiones, apartamentos turísticos, campings y otras modalidades de acampada, agroturismos, casas rurales, albergues, habitaciones de uso turístico y embarcaciones de crucero. Cada alojamiento tiene fijadas unas tasas, con unos mínimos y máximos.
Como informa la Diputación de Gipuzkoa en un comunicado, "la base imponible del impuesto se determinará por el número de unidades de estancia de que conste cada período de alojamiento continuado del contribuyente en el mismo establecimiento".
BONIFICACIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS
Los ayuntamientos por ordenanza fiscal podrán establecer una bonificación sobre la cuota tributaria de hasta el 100% cuando el término municipal y el número de plazas alojamiento sea igual o inferior a 25. En cambio, podrán establecer un recargo de hasta el 50% cuando lleguen o superen las 750 plazas.
Sobre tablas, sin recargos, el impuesto mayor recaería en los hoteles de 5 estrellas y las embarcaciones de crucero turístico, que se mueven en un rango de entre 2,5 y 5 euros, mientras que hoteles de una estrella, albergues, pensiones, agroturismos y cámpings van de 0,75 a 1,50 euros.
EXCEPCIONES
El anteproyecto de Norma Foral plantea exenciones en los casos de estancias subvencionadas por programas sociales con fines turísticos organizados por las administraciones públicas; menores de edad, y personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65 % o de dependencia grado II o grado III.