Consejos económicos

Cómo emitir facturas sin ser autónomo y cumplir con Hacienda este 2025

Cada vez más personas realizan trabajos puntuales o colaboraciones sin darse de alta como autónomos. Pero lo que no todos saben es cuándo es posible hacerlo legalmente y quién paga los impuestos

Primer plano de un economista que usa una calculadora mientras revisa las facturas y los impuestos en la oficina
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Primer plano de una persona usando una calculadora mientras revisa facturasFREEPIK
Primer plano de un economista que usa una calculadora mientras revisa las facturas y los impuestos en la oficina

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Diana de Miguel

Actualizado el 09/11/2025 a las 11:42

¿Se pueden emitir facturas por servicios profesionales sin estar dado de alta como autónomo? ¿Existe una fórmula legal para emitir una factura a un particular por la prestación de un servicio ocasional? Por ejemplo, una sesión de fisioterapia a domicilio que se contrate a un profesional que a su vez trabaja como asalariado en un hospital. Cada vez más personas realizan trabajos puntuales o colaboraciones sin darse de alta como autónomos, pero lo que no todos conocen es cuándo es posible hacerlo legalmente y quién paga los impuestos.

Lo primero que conviene tener en cuenta es que, como explica Cristina Oyaga Landa, de la asesoría Brisa Fiscal, la persona que presta el servicio profesional debe aplicar la retención de IRPF o no en función del tipo de cliente final al que se preste el servicio. "Si el cliente final es una persona física, no se aplicará retención de IRPF en la factura emitida por parte del prestador del servicio, pero si el cliente que recibe el servicio profesional es una empresa o un autónomo, el prestador del servicio sí deberá aplicar retención de IRPF en la factura que emita", detalla Oyaga Landa quien remarca que en el último caso es la empresa o el autónomo que recibe la factura con retención la que tiene la obligación de ingresar dicha retención a la Hacienda correspondiente.

La especialista de Brisa Fiscal recuerda que a pesar de que la persona que preste el servicio no esté dada de alta como autónoma, deberá proceder al ingreso de las cuantías que se devenguen por los impuestos aplicables, por ejemplo el IVA, si fuese de aplicación al servicio prestado. 

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