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¿Hay que declarar los regalos de boda? Del altar al fisco

Lo más común en las bodas es dar dinero, ya sea en efectivo, por transferencia bancaria o Bizum como obsequio a los recién casados, pero conviene saber qué implicaciones fiscales tienen estos regalos

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Las bodas implican un importante desembolso económico tanto para los organizadores como para los invitados
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Diana de Miguel

Publicado el 25/05/2025 a las 05:00

Las bodas son un motivo de alegría y celebración, no solo para los novios, también para sus familiares y amigos y la primavera es una de las estaciones preferidas para casarse. Este evento es todo un acontecimiento social y además de emociones implica un importante desembolso económico tanto para los organizadores que suelen acabar afrontando numerosos gastos extra (preboda, música en directo durante el cóctel, recena, photocall, barra libre, actuaciones en directo...) que terminan engordando la factura final , como para los invitados que también deberán rascarse el bolsillo. Desde hace años, la apuesta más socorrida entre los invitados es regalar dinero, ya sea en efectivo o mediante una transferencia bancaria o Bizum. Pero este gesto tan común y habitual entraña implicaciones fiscales que conviene conocer para evitar sustos.  

En principio y con la normativa en la mano no existe un importe monetario mínimo o un valor mínimo del bien mueble (vehículo) o inmueble (vivienda), por debajo del cual no se deba declarar ante Hacienda en el caso de haber recibido un regalo de boda. Sin embargo, en la práctica, según reconocen los asesores consultados, cuando estamos ante pequeñas cantidades de dinero los contribuyente no suelen declararlos ante Hacienda, y más si los importes recibidos o valor del bien equivalen al precio del menú del invitado.

Aunque es complicado que Hacienda nos llegue a pedir explicaciones por todos esos regalos -en una boda con 150 invitadas la cantidad final puede llegar a superar ampliamente los 20.000 euros- fiscalmente tienen la consideración de donaciones y deben tributar. Pero, ojo, no en el IRPF. Sobre el papel, cualquier regalo (tanto en metálico como en bienes) nos obligaría a presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que, como explica la Hacienda Foral de Navarra, "grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo (de forma lucrativa) por personas físicas". Una definición en la que entran tanto las herencias, como el dinero que los padres puedan dar a un hijo para la compra de un piso o ese coche que el abuelo ya no usa y pone a nombre del nieto. Y también los regalos de boda, y por extensión los de una comunión o un bautizo, se consideran una donación y no quedan libres de la vigilancia de Hacienda.

Es decir, que un regalo de boda, tanto si se trata de importe monetario como de un bien mueble o inmueble, al considerarse una adquisición de bienes y/o derechos a título gratuito e inter vivos, constituye hecho imponible en el impuesto sobre donaciones. Si la donación se produce de padres a hijos, el tipo impositivo de donaciones en Navarra es del 0,8% hasta los primeros 250.000€, y superior si la donación la realiza por ejemplo el suegro.

En cuanto a las entregas de regalo de boda en importe, recibido por transferencia bancaria, es importante tener en cuenta que las entidades bancarias informan a Hacienda de las transacciones que superan 3.000€. Es decir, que si no se declara en donaciones un regalo de boda recibido por importe superior a 3.000€, en el momento de detectarlo, Hacienda podría proceder a la liquidación del impuesto sobre la renta de las personas físicas del contribuyente, aplicando los correspondientes intereses y sanciones.

La liquidación también puede producirse en transferencias recibidas por un importe inferior, pero la comunicación a Hacienda por parte de la entidad bancaria se realiza cuando las transferencias superan los 3000€. Algunos expertos advierten que la práctica, muy habitual por parte de los novios, de abrir una cuenta para que los invitados puedan transferir directamente el dinero que quieran regalar, puede facilitar a Hacienda el rastreo de las operaciones, dado que trabaja de forma conjunta con las entidades bancarias para controlar dichos movimientos.

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