Administración

Educación no compensa a una contratada que fue despedida tras un error en los procesos de estabilización

En contra del criterio del Defensor, Educación no compensa a la trabajadora pese a que cuando se convocó el proceso ella no podía prever que su plaza fuera a ser estabilizada y no participó en el concurso

La fila tenía inicio a la altura de la sede del departamento de Educación en la calle Santo Domingo y se extendía hasta la plaza de Navarrería.
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Docentes hacen fija junto a la sede del departamento de Educación
La fila tenía inicio a la altura de la sede del departamento de Educación en la calle Santo Domingo y se extendía hasta la plaza de Navarrería.

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Iñigo Salvoch

Actualizado el 11/03/2025 a las 08:14

De aquellos lodos, estos barros. El departamento de Educación ha denegado a una trabajadora con contrato administrativo su compensación económica  (20 días por año trabajado)tras ser despedida a raíz del proceso extraordinario de estabilización. De nada ha servido que el Defensor del Pueblo le diera la razón en su reclamación y es que la trabajadora se vio afectada por un error de la Administración. 

En concreto, el error lo cometió Función Pública hace más de un año al identificar los puestos de contratado administrativo susceptibles de ser estabilizados mediante un proceso extraordinario. Después de convocar las plazas y realizarse el proceso, cuando ya solo faltaba la elección de destinos, tuvo que excluir hasta 18 plazas que no cumplían los requisitos legales para ser estabilizados y, al mismo tiempo, incluir otras plazas que sí cumplían dichos requisitos. Uno de estos puestos lo ocupaba una contratada administrativa desde marzo de 2019.

Tal y como recoge el escrito del Defensor, la interesada había tomado parte en el proceso selectivo de concurso oposición, pero no en el de concurso de méritos en el que se acabó incluyendo su puesto tras el error de la Administración. Pero como subraya el propio Defensor "el proceso en que finalmente se estabilizó el puesto de trabajo que ocupaba en el departamento de Educación no contemplaba dicha estabilización, por lo que difícilmente la interesada podía prever que debía participar en el mismo para poder tener derecho a la compensación prevista".

Y es que el motivo que aduce Educación para no otorgar a esta trabajadora la compensación económica es que de cara al derecho a la compensación, la normativa legal  (Resolución 3150/2024) "no es suficiente con que la persona participe en un proceso convocado en el marco del proceso de estabilización, sino que es necesario que lo haga en el proceso selectivo concreto en que se estabilice el puesto de trabajo que ocupa".

Además de la reclamación vía Defensor del Pueblo, la trabajadora, asesorada por el sindicato UGT, había presentado un recurso de alzada ante la propia Administración foral que ha sido resuelta desfavorablemente para ella.

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