Herencias
Si no hay testamento. ¿Quién es el primero en heredar?
Si no existen parientes y nadie reclama la herencia por no haber testamento ni familia, hereda la Comunidad foral de Navarra, que destinará el dinero a fines sociales


Actualizado el 22/10/2024 a las 09:26
En Navarra, conforme a la reforma del Fuero Nuevo que entró en vigor el 16 de octubre de 2019, en primer lugar, heredan los descendientes del fallecido (hijos). Si algún hijo hubiera fallecido, sus descendientes tienen derecho a heredar su parte (derecho de representación). En segundo lugar, si no hay descendientes, heredará el cónyuge. En tercer lugar, si no hay ni descendientes ni cónyuges, quien recibe la herencia son los ascendientes del fallecido (padres o abuelos). Si fuesen de distintas líneas (padre o madre), la herencia se dividirá por mitad entre ambas, y dentro de cada línea, por partes iguales. Si tampoco los hubiera, heredan los hermanos del fallecido, sin distinguir entre ellos en función de si lo son de padre y madre o sólo de uno de ellos. Si alguno hubiera fallecido, sus descendientes heredan su parte. Los quintos s rían los parientes colaterales hasta el cuarto grado (primos, tíos, sobrinos) “sin distinción de líneas, excluyendo los de grado más próximo a los de más remoto, sin representación y siempre por partes iguales”. Por último, si no existen parientes y nadie reclama la herencia por no haber testamento ni familia, hereda la Comunidad foral de Navarra, que destinará el dinero a fines sociales.
Te puede interesar

Más noticias sobre herencias en Navarra: