Medio centenar de pacientes navarros han pedido saber quién entra a sus historias clínicas
Los casos más graves pueden acabar en condenas de cárcel e inhabilitación, como ha ocurrido en dos casos en menos de dos meses


Actualizado el 16/06/2024 a las 08:05
En menos de dos meses, un médico jubilado y un administrativo han sido condenados a penas de prisión e inhabilitación para un trabajo público por haber accedido de forma indebida a historias clínicas. Son los desenlaces más graves de un recorrido que antes se desarrolla por el departamento de Salud del Gobierno de Navarra y que puede iniciar cualquier paciente, porque toda persona tiene derecho a solicitar los accesos a su información clínica. Durante el año pasado, hubo 28 solicitudes y en los cinco primeros meses de 2024 lo han pedido 17. De todos los de 2023, solo uno ha acabado en sanción administrativa.
La dinámica es la siguiente. Navarra es una de las pocas comunidades que facilita los nombres y apellidos del profesional que accede a una historia clínica. Por ley, cualquier persona tiene derecho a saber quién ha accedido a sus datos sanitarios (o la de menores de los que sea tutor legal o la de otra persona si se tiene una autorización firmada), el motivo del acceso y el uso que se ha hecho de ellos. Las solicitudes se hacen a través de Atención al Paciente, que deriva la petición al Sistema de Información, donde se registran estos accesos. La información obtenida es remitida al paciente y en la mayoría de los casos ahí finaliza el proceso.
Pero también hay otros en los que el paciente no entiende o no comparte algunos accesos a su información clínica y pide explicaciones a Atención al Paciente. Desde este servicio, apuntan desde el departamento de Salud, se envía la solicitud al servicio de Seguridad de la subdirección de Sistemas de Información y Tecnología. Allí analizarán los accesos controvertidos. Si se entiende que están justificados por motivos asistenciales, investigadores, de inspección... se considera que los accesos están justificados y se informa al paciente. Si, por el contrario, en este análisis no se encuentra una motivación que justifique las entradas, se envía un correo electrónico al profesional con una solicitud de explicaciones que debe ser respondida antes de 5 días hábiles. Si en este tiempo no hay respuesta, la petición llegará al profesional vía carta certificada. Una vez recibida la respuesta, se informa a Atención al Paciente y desde allí se remite la explicación al paciente interesado.
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Junto con la explicación, también se informa a la persona solicitante que tiene el derecho de iniciar las acciones judiciales que considere oportunas. En la última década, al menos media docena de casos han terminado en juicios penales por un posible delito de revelación de secretos, que además de penas elevadas de prisión lleva aparejada la inhabilitación para el trabajo en el sector público durante periodos largos, por lo que las consecuencias de acceder a historias clínicas de modo indebido salen caras cuando se acreditan. En un caso de hace dos semanas, un administrativo de Salud aceptó una condena de 2 años de cárcel y 8 de inhabilitación por haber accedido a información clínica de una compañera de trabajo y su marido, a los que indemnizó con 27.000 euros antes del juicio. En este caso, entre condenado y víctimas había un conflicto laboral. En el resto de casos, lo más habitual suelen ser malas relaciones familiares.
Pero el caso no tiene que llegar a juicio para terminar en sanción. Una vez informado al paciente de la respuesta del profesional, el Servicio de Seguridad puede entender que el caso merece la apertura de un expediente sancionador por vía administrativa, por lo que lo remite al departamento Jurídicos para que valore. En estos casos, hay que tener en cuenta de cuándo son los accesos, pues según los plazos administrativos la infracción podría estar prescrita.
Personas populares y pacientes aleatorios en las auditorías
Las solicitudes de pacientes no son la única vía por la que el departamento de Salud monitorea posibles accesos indebidos a historias clínicas de pacientes. Cada dos años, se realizan auditorías aleatorias en los accesos dentro del sistema. La última fue en 2020, ya que la de 2022 se suspendió por la pandemia, y la próxima tendrá lugar en Navarra el próximo mes de septiembre. En la última auditoría de oficio de la que hay datos se analizaron los accesos a 38 pacientes seleccionados según los tres grupos habituales. Por un lado, se elige a personas de notoria popularidad en la Comunidad foral, por otro se selecciona a personal sanitario que haya tenido episodios de enfermedad durante el periodo analizado y, por último, se hace una selección aleatoria de pacientes. Siguiendo este sistema, con la auditoría de 2020 se detectaron 6 accesos no justificados inicialmente. Tras las explicaciones solicitadas y ofrecidas por los profesionales (puede haber entradas erróneas por apellidos similares, por ejemplo), se incoó un expediente sancionador que acabó en sanción.
Multas por la vía administrativa y penas de cárcel por la penal
Un profesional que trabaje en el departamento de Salud puede acabar sancionado por un acceso indebido a una historia clínica por la vía administrativa y por la vía penal. La primera corresponde al departamento de Salud y la sanción más habitual suele ser la económica. La Ley Foral sobre derechos y deberes de las personas en materia de salud recoge en sus páginas este tipo de infracciones. Por ejemplo, está considerada una infracción leve “el acceso a documentación clínica por simple negligencia sin reunir los requisitos que legitiman para ello, siempre que no haya existido uso indebido de la información recogida en la misma”. Como infracción leve, puede estar sancionada de 600 a 3.000 euros. Pero si el acceso a la documentación clínica se hace “falseando las condiciones que legitiman para ello o haciendo un uso indebido de la misma”, la conducta ya pasa a ser una infracción grave y la sanción económica puede ascender hasta los 15.000 euros. Por último, si alguna de estas conductas se hace de forma “consciente y deliberada” y se produce “un daño grave”, se considerará una infracción muy grave y la multa, en grado máximo, podría llegar a los 600.000 euros.
Por la vía penal, estos hechos pueden tipificarse como un delito de revelación de secretos. Está penado con hasta 4 años de cárcel (5 si se comparte la información), multa e inhabilitación para cargo público.