Educación

Los colegios navarros tendrán que habilitar el voto telemático para fijar la jornada escolar

El BON publica este lunes la orden foral que establece la jornada partida como la predeterminada para el alumnado de Infantil, Primaria y Educación Especial de los colegios públicos

El curso 21/22 en Navarra arrancará con jornada continua en todos los colegios
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Escolares en un colegio de Tudela
El curso 21/22 en Navarra arrancará con jornada continua en todos los colegios

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Ainhoa Piudo

Actualizado el 27/11/2023 a las 19:53

La consulta a las familias que próximamente deberán convocar los centros educativos públicos que no quieran acogerse a la jornada partida a partir del próximo curso podrá hacerse también por procedimientos telemáticos. 

Así se establece en la orden foral 106/2023, que ha sido publicada este lunes en el Boletín Oficial de Navarra y que regula los tipos de jornada escolar en los centros educativos que imparten segundo ciclo de Infantil, Primaria y Educación Especial. 

Pese a la oposición mostrada por sindicatos y claustros de la red pública, muchos con la jornada continua implantada en los últimos cursos después de sucesivas votaciones, la decisión del departamento de establecer la partida como la jornada predeterminada es firme. 

Ahora, los centros están a la espera de que Educación publique la resolución que les permita concurrir a la convocatoria de elección de jornada. 

Teniendo en cuenta que el periodo de preinscripción suele desarrollarse a comienzos de marzo, y las jornadas de puertas abiertas de los centros con anterioridad, lo lógico sería que cada centro conociera para esas fechas cuál va a ser su horario del próximo curso: partido (mañana y tarde cuatro días por semana), continuo (actividades lectivas sólo por la mañana, aunque es obligado ofrecer actividades voluntarias cuatro tardes por semana) o flexible (mañana y tarde tres días por semana, y dos tardes libres a la semana). 

FAVORECER LA PARTICIPACIÓN

Una de las quejas recurrentes entre los centros que han venido poniendo en marcha procedimientos de cambio jornada (en su inmensa mayoría, para pasar a la continua) es "lo exigente de las mayorías" que se pedían, ya que se tenía en cuenta el censo de familias y no las que concurrían a las votaciones. 

Pese a que esta orden foral finalmente no ha modificado esa mayoría exigida (3/5 del censo), en aras de favorecer la participación Educación  "arbitrará para ello procedimientos que faciliten el ejercicio del derecho al voto, incluyendo procedimientos telemáticos". 

De hecho, según explican desde el departamento, los centros están "obligados a ofertarlos como alternativa al voto presencial", y será Educación quien gestione el proceso a través de la plataforma Educa. 

FIN DEL CARÁCTER EXPERIMENTAL

Con la entrada en vigor de esta norma, Navarra pone fin al carácter experimental de las jornadas continua y flexible , que han ido implantándose desde el año 2007 y a través de prórrogas anuales. 

"Después de las autoevaluaciones anuales sobre la dinámica educativa realizada por los propios centros y teniendo en cuenta el seguimiento efectuado por el departamento de Educación, éste considera oportuno otorgar el mismo carácter oficial a las modalidades de jornada escolar continua y flexible", argumenta la orden. 

Aunque el texto manifiesta la "intención" de Educación de "posibilitar que las propias comunidades educativas puedan decidir su modalidad de jornada", el punto de partida es "la jornada partida", tal y como recoge una de las disposiciones transitorias. De esta manera, sólo tienen que poner en marcha el procedimiento de cambio de jornada aquellos colegios que no quieran funcionar con la partida, con una salvedad: los de la red concertada. 

En este caso, prevalece la competencia de la titularidad del centro, de modo que pueden proseguir con el tipo de horario que tenían hasta ahora solamente con comunicárselo al departamento. Cabe recordar que esta red hay 39 centros con jornada partida y 13 con horario continuo. 

ATENCIÓN POR LAS TARDES

Los colegios que se acojan a la modalidad continua deberán "diseñar y desarrollar un programa anula de actividades de atención al alumnado en horario de tarde durante cuatro días a la semana, de lunes a jueves, excepto para los meses de septiembre y junio. 

Serán voluntarias y gratuitas, y el alumnado tendrá derecho a preinscribirse en cualquiera de las actividades ofertadas. La oferta incluirá dos actividades para cada uno de los cursos, incluyendo obligatoriamente idiomas, nuevas tecnologías, y actividades deportivas o culturales.

La dirección deberá garantizar la presencia del profesorado a razón de, al menos, un docente por grupo, y serán horas que tendrán la consideración de horario lectivo para el profesorado. 

En relación con esto, las extraescolares no podrán coincidir en los centros con jornada continua con las actividades de atención al alumnado en horario de tarde ni con las actividades curriculares. 

LOS PASOS QUE DEBEN DAR LOS CENTROS

Los centros, a través de la dirección, podrán solicitar a Educación la elección de la jornada escolar. Con carácter anual, la dirección convocará una sesión del Consejo Escolar en las fechas que se especifiquen en la resolución, para decidir sobre la posibilidad de proceder al cambio de jornada.

Se realizará una votación directa que requerirá, al menos, del 25% de síes de los componentes con derecho a voto. En ese caso, y en esa misma sesión, el Consejo Escolar deberá determinar la modalidad o modalidades que serán consideradas, quedando excluida el tipo de jornada implantada en ese momento. 

Hará falta el visto bueno de Educación posterior relativo a la viabilidad del horario en relación a servicios complementarios como el comedor y el transporte. En aquellos colegios que comparten estos servicios, el cambio de jornada tendrá que ser aprobada por los Consejos Escolares de todos los centros implicados. 

Una vez obtenido el visto bueno de Educación se considerará iniciado oficialmente el procedimiento. Entonces será papel de dirección "desplegar la correspondiente secuencia de consultas a la comunidad educativa". Con independencia del resultado, el centro no podrá volver a poner en marcha el proceso hasta transcurridos cuatro cursos. 

Cada familia tendrá derecho un voto, excluyendo a las de alumnos y alumnas del último curso. El equipo directivo deberá "informar a las familias" sobre todos los aspectos relevantes antes de la votación. Finalmente, es necesario el voto favorable de 3/5 del censo de votantes. 

Si eso se alcanza, habrá una consulta posterior al claustro, aunque de carácter no vinculante. Después se procederá a la aprobación por parte del Consejo Escolar, con una mayoría necesaria de 2/3. La vigencia de esa jornada será indefinida en tanto Educación no valide otra distinta. 

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