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La Junta Electoral abre expediente al consejero Ciriza por un acto en campaña
Tras reclamar UPN, la junta señala que se ha podido vulnerar la Ley Electoral con un acto de puesta en marcha de regadíos en Sesma


Actualizado el 23/07/2023 a las 08:27
La Junta Electoral de Navarra ha incoado un expediente administrativo sancionador al consejero de Cohesión Territorial del Gobierno foral, el socialista Bernardo Ciriza, después de que el Ejecutivo difundiera el pasado jueves, con la campaña electoral vigente, una nota de prensa de la celebración de un acto de puesta en marcha de los primeros regadíos en Sesma con agua del Canal de Navarra, así como haberse publicado también en las redes sociales del Ejecutivo.
La junta ha resuelto después de que UPN le comunicó, el mismo jueves, de la difusión de dicho acto del Gobierno de Navarra, dentro del periodo de campaña electoral. La formación regionalista exponía en su comunicación que “desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”. Asimismo, indicaba que “durante el mismo periodo queda prohibido realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo”.
ENTRE 120 Y 1.200 EUROS
“Mediante la difusión, a través de una nota de prensa, de la celebración del acto de puesta en marcha de primeros regadíos de cultivos en Sesma y la publicación del desarrollo del acto en cuestión a través de las redes sociales gestionadas por el Gobierno de Navarra, actos sobre cuya verificación ha asumido plena responsabilidad el consejero de Cohesión Territorial del Gobierno de Navarra, se ha podido incurrir en infracción del artículo 50.3 LOREG”, ha acordado la Junta Electoral, para exponer que la sanción susceptible de imposición es una multa de entre 120 a 1.200 euros.
UPN reclamó que se ordenase la retirada de la difusión de las informaciones en los canales gubernamantales, una solicitud que para la junta “carece de objeto” pues “de modo voluntario, después de haber tenido conocimiento de la reclamación formulada, se ha procedido a la retirada de la nota de prensa y la publicación en redes sociales que fue objeto de denuncia”.