TSJN
Conceden la incapacidad absoluta a un chófer navarro por las secuelas de la covid
El juzgado estima que las dolencias le impiden “realizar una vida normalizada y desempeñar cualquier trabajo”


Publicado el 06/07/2023 a las 06:00
El Juzgado de lo Social nº 3 de Pamplona ha concedido la incapacidad permanente absoluta a un chófer de autobús por las secuelas que padece a raíz de que enfermara por covid-19 en 2020. La sentencia destaca que el demandante “no puede realizar una vida normalizada, y tampoco desempeñar una actividad laboral ordinaria, quedando imposibilitado para el desempeño de cualquier tipo de actividad laboral”.
La Seguridad Social había concedido al trabajador la incapacidad permanente total (tenía derecho a una pensión del 55% de la base reguladora y se consideraba que podía realizar otro trabajo distinto al de operario), pero él reclamó que se le otorgara la incapacidad permanente absoluta (tiene derecho a una pensión del 100% y se entiende que está incapacitado para toda actividad laboral, no solo para la suya).
El demandante enfermó de covid en noviembre de 2020 y actualmente presenta la siguiente patología: una mielitis transversal aguda (afección causada por la inflamación de la médula espinal), con una alteración de la sensibilidad que afecta a ambas extremidades y también a la vejiga. Como consecuencia de este dolor presenta ataxia (problemas de coordinación en los movimientos) en todos los planos, necesita bastón de apoyo, no puede caminar más allá de 300 metros sin descanso, es incapaz de estar quieto de pie más de diez o quince minutos, se ha visto alterada la frecuencia urinaria...
El magistrado, tras analizar el informe pericial y su testimonio, así como los informes sanitarios del demandante, estima su reclamación. Concluye que, debido a los diagnósticos y síntomas que le afectan, “no puede realizar ningún quehacer laboral, ni siquiera trabajos livianos o sedentarios, en las debidas condiciones de profesionalidad y eficacia”. Por tanto, debido a las “claras limitaciones para realizar cualquier quehacer laboral” del trabajador, le concede la incapacidad permanente absoluta, con efectos económicos desde junio de 2022, cuando la Seguridad Social le concedió la incapacidad permanente total.